Proceso de Integración de Nuevas Categorías Estatutarias

  • CSIF Informa

27 de diciembre de 2024

Proceso de Integración en las nuevas Categorías Estatutarias

La presente Orden publicada en el BOCM del día 27 de diciembre. Tiene como objeto la nueva realidad actual de la Sanidad Madrileña, así como la creciente complejidad en la atención sanitaria, que demanda la incorporación de nuevos profesionales capacitados, especializados y que cuenten con las titulaciones oportunas.

Asimismo, establece los requisitos específicos exigibles al personal incluido en su ámbito de aplicación y la tabla de homologación en categoría estatutaria equivalente, en los términos y condiciones fijados en el Decreto 8/2007.

 

El proceso de integración voluntaria en el régimen estatutario del personal incluido en su ámbito de aplicación. Así como fijar los requisitos específicos exigibles para la integración en las nuevas categorías estatutarias:

  • Nutricionista
  • Podólogo
  • Técnico en Prevención de Riesgos Laborales de nivel superior
  • Técnico Superior en Dietética y Nutrición
  • Técnico Superior en Documentación Sanitaria

 

Procedimiento de integración

El procedimiento se iniciará mediante la presentación de solicitud conforme al modelo que estará disponible en el portal www.comunidad.madrid, en la Intranet y en el departamento de personal de los correspondientes centros sanitarios.

Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Orden.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud y se presentarán, preferentemente en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad.

Finalización del Proceso de Integración

El procedimiento concluirá con la aprobación de la relación definitiva del personal integrado, mediante orden de la Consejería de Sanidad, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

Una vez finalizada la integración de este personal, se efectuará las modificaciones en las plazas y puestos de las plantillas de cada uno de los centros para incluir esta integración, en los términos previstos en la normativa de aplicación, relativa al procedimiento de modificación de las plantillas orgánicas del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud.

 Ver Resolución Completa en el BOCM, en el siguiente enlace:

PARA MÁS INFORMACIÓN; Consulta a tu Delegad@ Sindical.

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