Plan Anual de Formación para los Empleados Públicos

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10 de enero de 2025

El plan anual de formación para los empleados públicos constituye, a la vez, la principal expresión de la política formativa impulsada por la Administración autonómica.

Su más adecuada vinculación, la estrategia formativa opera no como un fin en sí misma, sino como una herramienta para su difusión y ejecución.

En coherencia con lo expuesto, este plan se inserta decididamente dentro de los criterios y principios inspiradores de la estrategia de formación a la que se ha hecho referencia.

La misión, objetivos y ejes estratégicos de los diferentes programas son los que constan en los apartados quinto a décimo de la Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento para la detección anual de necesidades formativas de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Los contenidos de los diferentes programas, a su vez, se encuentran detallados en el Anexo III de la presente resolución, con excepción del programa Foro Abierto, cuyas acciones formativas se aprobarán y anunciarán en el momento de su celebración.

 

Nuevas modalidades formativas

  1. Durante el período de efectos del presente Plan, y como complemento y desarrollo del mismo, se podrá continuar con el proceso de implantación de nuevas modalidades formativas, en aras de la modernización y flexibilización de la política de formación y de su eficacia. Estas modalidades podrán comprender actuaciones tales como un proyecto de autoformación, la certificación a efectos formativos de la experiencia laboral, la elaboración de píldoras formativas, la homologación de acciones formativas realizadas fuera del ámbito de la Administración autonómica, la configuración de itinerarios formativos, el aprendizaje social y colaborativo, la gestión del conocimiento interno y cualesquiera otro sistema que se determine, en los términos y con los efectos que se contengan en las resoluciones que, en su caso, se dicten a estos fines.
  2. A estos efectos, en el Anexo II se incluyen los mapas competenciales e itinerarios formativos actualmente existentes, con identificación de las acciones formativas que comprende cada uno de ellos. Por su parte, en el Anexo III, cuando un curso forma parte de uno o de varios itinerarios, así se pone de manifiesto dentro de la casilla relativa a su denominación, pudiendo el personal interesado conocer a qué itinerarios concretos se corresponde mediante la consulta de su código en la relación de cursos incluidos en el Anexo II como parte de cada itinerario.
  1. A través de los sucesivos planes de formación anuales se aprobarán progresivamente nuevos marcos competenciales e itinerarios formativos, hasta englobar al grueso de los tipos de puestos de trabajo, categorías profesionales y ámbitos de actividad que conforman esta Administración.

 

La presentación de solicitudes, se realizará exclusivamente de forma telemática a través del enlace que está disponible en la intranet de la Comunidad de Madrid, y al que también se puede acceder por internet:

       

  1. Acceso desde intranet: Portal Corporativo/Formación/Dirección General Función Pública/Solicitudes Plan de Formación.
  2. Acceso desde internet:    

  3.  

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, del 13 de enero al 31 de enero de 2025

 

Acceder a la publicación completa, con las condiciones requeridas, así como los cursos ofertados, en el siguiente enlace:

PARA MÁS INFORMACIÓN; Consulta a tu Delegad@ Sindical.

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