Una sentencia ganada por CSIF obliga a la UTE TSI a celebrar elecciones sindicales de forma inmediata

  • Prensa y Comunicación
  • Notas de prensa y comunicaciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal del sector privado

19 de octubre de 2023

Empresa Privada

Los servicios jurídicos de CSIF Córdoba ha ganado una sentencia publicada el pasado 16 de octubre por el Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba por la que se rechaza la demanda presentada por CCOO para que no se celebraran elecciones sindicales en la UTE TSI, adjudicataria del servicio de ambulancias del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en Córdoba.

El responsable del Sector de Empresa Privada de CSIF Córdoba, Antonio Andrés, indica que esta resolución judicial deja claro que no hay motivo para anular, tal y como pretendía CCOO, el laudo emitido en abril de este año por parte del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) en el que se instaba a la empresa a iniciar el proceso electoral a la mayor brevedad posible para elegir a los componentes del comité de empresa como órgano representativo de la plantilla.

El representante sindical afirma que esta sentencia avala la postura que viene defendiendo CSIF contra la intención de la compañía y de CCOO de no permitir el normal desarrollo del proceso electoral, que fue preavisado por esta central sindical el pasado mes de febrero, con el fin de que sus trabajadores y trabajadoras pudieran elegir libremente a sus representantes sindicales. “Es muy grave la actitud de los responsables de la UTE TSI al hurtar a su plantilla su derecho constitucional de votar a los miembros de su comité de empresa, un proceso que, tras esta sentencia, tendrá que llevarse a cabo en un breve espacio de tiempo”, resalta Andrés.

Andrés recuerda que esta “actitud obstruccionista” de la UTE TSI se suma a otras carencias que viene sufriendo este servicio desde su adjudicación por parte del SAS, como es la obligación impuesta a parte de la plantilla de técnicos de emergencias sanitarias que ejerce su labor en las ambulancias tipo A1 a realizar jornadas laborales continuadas sin descanso de hasta 48 horas, además de incumplir reiteradamente el convenio colectivo, “vulnerando de esta manera los derechos de sus trabajadores y las trabajadoras en cuanto a salarios, jornada laboral y conciliación de su vida laboral y familiar”, sentencia el responsable del Sector de Empresa Privada de CSIF Córdoba.

COMPARTIR