CALCULADORA BAREMO OPOSICIÓN 2024

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13 de julio de 2024

Desde CSIF Educación Extremadura, hemos elaborado la siguiente calculadora de méritos para que puedas conocer la puntuación de tu baremo, de cara a las oposiciones de 2024.

Debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Introduce en las casillas en blanco los méritos que tengas según lo descrito en cada apartado. Si en un apartado no tienes ningún mérito no tienes que poner nada. De manera automática se calculará tu baremo y aparecerá el total al final.
  • En el apartado 1 debes introducir los años o meses según lo que corresponda en cada casilla.
  • Hemos marcado en verde aclaraciones correspondientes según el caso. 

 

 

CALCULADORA DE LOS MÉRITOS PARA LAS OPOSICIONES DE 2024

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


BAREMO VALORACIÓN MÉRITOS PUNTUACIÓN
1. EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA Máximo 7,0000 puntos y 10 años  
1.1 Por cada año de experiencia docente en la especialidad del cuerpo a la que opta en centros públicos. 0.7000
 
1.1 Por cada mes de experiencia docente en la especialidad del cuerpo a la que opta en centros públicos. 0.0583
 
1.2 Por cada año de experiencia docente en otras especialidades del mismo cuerpo al que se opta, en centros públicos. 0.3500
 
1.2 Por cada mes de experiencia docente en otras especialidades del mismo cuerpo al que se opta, en centros públicos. 0.0291
 
1.3 Por cada año de experiencia docente en otras especialidades de otros cuerpos diferentes al que se opta, en centros públicos. 0.1250
 
1.3 Por cada mes de experiencia docente en otras especialidades de otros cuerpos diferentes al que se opta, en centros públicos. 0.0104
 
1.4 Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros. 0.1000
 
1.4 Por cada mes de experiencia docente en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que se opta, en otros centros. 0.0083
 
SUMA TOTAL APARTADO 1    
 
       
2. FORMACIÓN ACADÉMICA Máximo 2,0000 puntos  
2.1. EXPEDIENTE ACADÉMICO DEL TÍTULO ALEGADO
Expediente académico del título alegado, siempre que, con carácter general, se corresponda con el nivel de titulación exigido para ingreso en el cuerpo (doctor, licenciado, ingeniero o arquitecto, para cuerpos docentes subgrupo Al, o diplomado universitario, ingeniero técnico o arquitecto técnico, para cuerpos docentes subgrupo A2): se valorará exclusivamente la nota media del expediente académico del modo que a continuación se indica:
 
Escala de 0 a 10 Escala de 0 a 4    
Desde 6.00 hasta 7.49 Desde 1.50 hasta 2.24 1.0000  
Desde 7.50 hasta 8.99 Desde 2.25 hasta 2.99 1.2500  
Desde 9.00 hasta 10.00 Desde 3.00 hasta 4.00 1.5000  
Introduce la nota de tu expediente académico en la casilla  
 
2.2. Doctorado, postgrados y premios extraordinarios.  
2.2.1. Por poseer el título de doctor siempre que no haya sido alegado como requisito para el ingreso en la función pública docente. 1.0000
 
2.2.2. Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril), el Título Oficial de Máster (obtenido conforme al Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre o Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto), la Suficiencia investigadora (Real Decreto 185/1985, de 23 de enero) o cualquier otro título equivalente siempre que no hayan sido alegados como requisito para el ingreso en la función pública docente. 1.0000
 
2.2.3. Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado. 0.5000
 
2.3. Otras titulaciones universitarias.  
2.3.1. Titulaciones de primer ciclo.

Por cada diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una licenciatura, arquitectura o ingeniería.
En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes subgrupo A2, no se valorarán por este apartado, en ningún caso, el primer título o estudios de esta naturaleza que presente el aspirante.
En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes subgrupo A1, no se valorarán por este subapartado, en ningún caso, el título o estudios de esta naturaleza que hayan sido necesarios superar para la obtención del primer título de licenciado, ingeniero o arquitecto que presente el aspirante.
1.0000
 
2.3.2. Titulaciones de segundo ciclo.

Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de licenciaturas, ingenierías, arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes.
Se valorará en este subapartado la posesión del título de grado.
En el caso de aspirantes a cuerpos de funcionarios docentes del subgrupo A1, no se valorarán por este subapartado, en ningún caso, los estudios que hayan sido necesarios superar (primer ciclo, segundo ciclo o, en su caso, enseñanzas complementarias), para la obtención del primer título de licenciado, ingeniero o arquitecto que presente el aspirante.
1.0000
 
2.4. Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial y de la Formación Profesional Específica.

Se valorarán en caso de no haber sido alegadas como requisito para ingreso en la función pública docente o cuando se acredite que no hayan sido utilizadas para la obtención del título alegado, de la forma siguiente:
 
2.4.1. Por cada título profesional de Música o Danza. 0.5000
 
2.4.2. Por cada certificado de nivel avanzado o equivalente de las Escuelas Oficiales de Idiomas. 0.5000
 
2.4.3. Por cada título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño. 0.2000
 
2.4.4. Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional. 0.2000
 
2.4.5. Por cada Título de Técnico Deportivo Superior. 0.2000
 
2.5. Dominio de idiomas extranjeros.

Por aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera, expedidos por entidades acreditadas conforme a lo que se determine en las convocatorias (pincha para ver el listado), que acrediten la competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel avanzado C1 o C2, según la clasificación del Marco común europeo de referencia para las lenguas: 0,500 puntos.
Los certificados de nivel avanzado C1 o C2 de un mismo idioma, acreditados de acuerdo con el apartado 2.4 o bien 2.5, se valorarán por una sola vez en uno o en otro apartado.
Asimismo, cuando se presenten en esos subapartados para su valoración varios certificados de los diferentes niveles acreditativos de la competencia lingüística en un mismo idioma, se valorará solamente el de nivel superior.
0.5000
 
SUMA TOTAL APARTADO 2    
 
       
3. OTROS MÉRITOS Máximo 1,0000 puntos  
3.1. Por la superación de la fase de posición en la misma especialidad el cuerpo a la que se opta.  
Por cada procedimiento selectivo de ingreso en cuerpos de la función pública docente, que hayan sido convocados desde 2012, incluido, y en el que se acredite haber superado la fase de oposición en la misma especialidad a la que se participa:
Se valorará en este subapartado la superación de un máximo de dos procedimientos.
En el caso de aspirantes que hubieran superado la fase de oposición en alguna de las especialidades atribuidas al extinguido cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, se valorará este mérito para el ingreso a las mismas especialidades en el cuerpo de que se trate, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria quinta del Reglamento de ingreso.
 
Por cada procedimiento selectivo superado en la misma especialidad a la que se opta.

Introduce la cantidad de procesos selectivos superados desde 2012 (máximo 2) en la casilla.
0.375
 
3.2. Formación permanente Máximo 1.0000 punto    
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente:  
No inferior a 10 créditos
Introduce la cantidad de cursos cuyos créditos no sean inferiores a 10.
0.5000
 
No inferior a 3 créditos
Introduce la cantidad de cursos cuyos créditos no sean inferiores a 3.
0.2000
 
SUMA TOTAL APARTADO 3    
 
       
PUTUACIÓN TOTAL DEL BAREMO    
 

 

Elaborado por Jesús Sánchez (Delegado de CSIF en Plasencia)

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