Anteproyecto de ley de convivencia escolar en Extremadura, 2013

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1 de julio de 2013



  • Periodo de exposición pública:

Ley de convivencia escolar y participación de la comunidad educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura

El artículo 66.3 de la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura recoge que cuando el proyecto afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos se les dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que los agrupen o los representen cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición y entre los cuales se encuentre la defensa de los intereses de sus miembros. En el supuesto de que las expresadas organizaciones o asociaciones participen de una organización común que englobe los intereses de estas, dicho trámite se entenderá directamente con la misma. La decisión sobre el procedimiento escogido para dar audiencia a los ciudadanos afectados será debidamente motivada en el expediente por el órgano que acuerde la apertura del trámite de audiencia. Asimismo, y cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública durante el plazo indicado.
Elaborado el Anteproyecto de Ley de convivencia escolar y participación de la comunidad educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura., afectando su contenido a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, y aconsejando la naturaleza de la disposición su sometimiento al trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, procede la apertura del trámite de audiencia y de información pública por un periodo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la RESOLUCIÓN de 20 de Junio de 2013, de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda la apertura del periodo de información pública para el Anteproyecto de Ley de Convivencia Escolar y participación de la Comunidad Educativa en en el Diario Oficial de Extremadura, así como someterlo al objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto del Anteproyecto y formular las alegaciones y propuestas que estime oportunas.
 
  • TEXTO DEL ANTEPROYECTO: El Anteproyecto referenciado podrá ser examinado por los interesados en la dirección web
http://www.gobex.es/filescms/cons004/uploaded_files/Anteproyecto_Ley_de_Convivencia.pdf
  • APORTACIONES: Las alegaciones y propuestas deberán remitirse al correo electrónico
leydeconvivencia@educarex.es
o bien, por escrito dirigido al titular de la Consejería de Educación y Cultura, presentándolo en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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