El TSXG condena a la Consellería de Educación por excluír indebidamente a una aspirante a un proceso selectivo de estabilización

  • Prensa y Comunicación

8 de enero de 2025

-CSIF logra una sentencia que obliga a la Consellería a rectificar la puntuación de la demandante e incluirla en la lista de seleccionados
-El fallo acusa a Educación de haber aplicado un criterio de puntuación que vulnera los principios de mérito y capacidad y no estaba contemplado en las bases del concurso

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que declara nulas las resoluciones de la Consellería de Educación y la obliga a rectificar la puntuación de la demandante, a la que había excluido de un proceso selectivo extraordinario de estabilización.

El fallo considera demostrado que la eliminación de  la aspirante se debió a un error en la puntuación asignada y ordena a la Consellería a reconocer la puntuación correcta.

La demandante, defendida por los servicios jurídicos de CSIF, participó en el concurso de méritos con una autobaremación que sumaba erróneamente 10,4828 puntos, aunque sus méritos reales alcanzaban los 12 puntos. A pesar de que este error no era imputable a la aspirante, la Comisión de Selección aplicó un criterio que limitaba la calificación final a lo consignado en la autobaremación, vulnerando así los principios de mérito y capacidad.

El fallo determina que el criterio de no permitir puntuaciones superiores a las declaradas en el autobaremo no estaba contemplado en las bases del concurso, siendo una restricción adicional que perjudicó a la demandante.

El TSXG ha sentenciado, por tanto, que la puntuación debe ser corregida y que la aspirante sea incluida en la lista de seleccionados, con los correspondientes efectos económicos y administrativos. La sentencia, además, impone las costas procesales a la administración.

Para CSIF, esta decisión refuerza la obligación de las administraciones públicas de actuar con objetividad y garantizar la corrección de errores que puedan afectar los derechos de los participantes en procesos selectivos. Además, limita la discrecionalidad de las comisiones de selección en la interpretación de las bases de las convocatorias.

CSIF celebra este fallo como un ejemplo de la importancia de supervisar los procesos selectivos para garantizar la justicia y la transparencia. “Este caso demuestra que un error técnico no puede ni debe perjudicar a los aspirantes que cumplen con los méritos exigidos. Nuestro equipo jurídico seguirá trabajando para que los derechos de los participantes sean respetados en todos los niveles de la administración pública”, han destacado desde el sindicato.

 

 

 

 

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