Documentos de trabajo del Ministerio de Educación para articular un procedimiento de convocatoria de plazas por concurso de méritos de manera centralizada
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13 de mayo de 2022
- CSIF lamenta que algunas organizaciones hayan creado falsas expectativas ante unos documento que no tienen carácter legal y no se conoce su alcance al necesitar la unanimidad de las CC.AA para su posible utilización.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha enviado a las organizaciones sindicales dos documentos para su estudio. Esta documentación versa sobre una posible centralización de las convocatorias de todas las plazas a ser cubiertas por concurso de méritos, según la disposición transitoria quinta introducida por el RD 270/2022.
Algunas organizaciones sindicales se han lanzado a publicar dicho documento de manera irresponsable y sin explicación alguna de lo que los propios documentos expresan. Esto está creando falsas expectativas a los interinos e interinas, así como creando incertidumbres sobre la baremación y el alcance de los documentos.
CSIF, como sindicato profesional e independiente, considera la negociación la mejor manera de conseguir mejoras en el la profesión docente. Enviar información sesgada, incompleta y sin nada concreto es una forma de torpedear las negociaciones y crear incertidumbre en el personal docente. Para CSIF la dignificación de la labor docente es el fin de toda acción sindical. Enviar información contrastada, veraz y concreta es respetar nuestro fin fundamental.
Por todo ello procedemos a publicar los documentos enviados: documento técnico de cómo se realizaría el proceso centralizado y el documento aclaratorio del proceso.
Sin embargo, queremos indicar cuestiones esenciales para no crear falsas expectativas e incertidumbres injustificadas en un tema tan importante para los afectados, como es la estabilización de plazas en el sector docente:
- Debe existir un acuerdo unánime de las administraciones educativas. El propio Ministerio reconoce que para proceder a dicha regulación centralizada, tiene que existir unanimidad entre las Comunidades Autónomas. Así se establece en el documento aclaratorio en su punto 1 donde se expone de esa manera literal.
- A fecha de hoy no se ha producido esta unanimidad ni hay seguridad de que se pueda conseguir. Por tanto, este documento puede que no tenga ninguna utilidad futura con la decepción de muchas personas que han confiando en la información recibida en otras fuentes.
- El baremo establecido para el concurso de méritos es el que viene establecido en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 276/20017 introducida por el RD 270/2022. NO HAY NINGUNA MODIFICACIÓN, NI POSIBILIDAD DE CAMBIO.
- Esto es así, porque los documentos no son más que meros documentos técnicos para la gestión de las plazas y por tanto no tienen posibilidad de modificar ninguna ley. De hecho el propio documento aclaratorio lo reconoce en su apartado 2.b : El baremo es el RD 270/2022, sin que pueda variarse.
CSIF seguirá exigiendo que los procesos de estabilización discurran de la manera más eficaz posible y respetando la legislación vigente. Entendemos que es el Ministerio quien debe liderar y coordinar dichos procesos, pues es el que tiene la competencia exclusiva sobre empleo público según la Constitución Española. No puede, una vez más, parapetarse detrás del manido término “cogobernanza” para cumplir con sus obligaciones en defensa de los derechos de todos los aspirantes.
Por la dignificación de la labor docente.
CSIF EDUCACIÓN