Todos los trabajadores tienen derecho a pedir un anticipo de su nómina
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Otros Cuerpos o Especialidades
- Personal de Correos
- Personal de Entidades Públicas Estatales
27 de abril de 2021
❌CSIF te recuerda que es un derecho más
❌Regulado en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores
❌No es un préstamo, es un anticipo
Es un derecho más
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) te recuerda que pedir un anticipo de tu nómina es un derecho más que está reconocido en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.
No es un préstamo, es un anticipo
No se trata de un préstamo, sino de un anticipo que, en caso de necesidad urgente, puedes pedir cualquier día de mes y que es proporcional a los días que lleves trabajados. "El trabajador", tal y como explica el Estatuto, "tendrá derecho a percibir sin que llegue el día señalado para el pago anticipos a cuenta del trabajo realizado".
En todas las empresas
Cada Convenio puede tener sus particularidades, pero CSIF te recuerda que el derecho existe.
Rapidez
El Estatuto no regula cuanto tiempo antes debe pedirse el anticipo de nómina ni cuanto puede tardar la empresa en concederlo. Pero siempre se supone que la concesión debe ser rápida.
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