El Tribunal de Contratos de la Junta de Andalucía suspende la licitación del servicio de limpieza de Motril tras la reclamación de CSIF

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2 de septiembre de 2024

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en Granada ha valorado este lunes de la decisión del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, órgano que ha aceptado la solicitud de medida cautelar planteada por la sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Motril. Esta solicitud, comunicada el pasado 30 de agosto, forma parte del recurso especial en materia de contratación formulado por los servicios jurídicos del sindicato contra los pliegos que han de regir la contratación del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria, de playas y gestión del ecoparque del municipio de Motril.

Tal y como recoge dicha resolución, el Tribunal ha requerido al consistorio motrileño copia del expediente y le ha instado a la formulación de alegaciones ante la solicitud de medida cautelar, trámite que no ha realizado. Ante la ausencia de alegaciones, este órgano ha optado por suspender cautelarmente la licitación hasta que se aclaren el fondo de las alegaciones presentadas.

En cuanto a los pliegos del contrato impugnados, CSIF ha reflejado en su recurso una serie de defectos e irregularidades que deben de ser subsanados. Entre ellos, el anexo del personal a subrogar, “apartado que contiene errores formales que impiden conocer con claridad el listado completo de trabajadores que pasarían a la empresa, cuestión que puede generar indefensión a las personas afectadas”.

El pliego también debería reflejar el acuerdo de la Comisión para la Integración, aprobado en pleno, en el que se recoge que “todo el personal que se integra tendrá la consideración de laboral no público a extinguir, sin que sea admisible la extinción de la relación laboral por algunas de las causas recogidas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, salvo los supuestos que sean consecuencia de un despido disciplinario”. Esta subrogación incluye una serie de condiciones laborales recogidas en el convenio colectivo que deben de quedar reflejadas en el documento de licitación.

Asimismo, la sección sindical de CSIF ha alegado que las tablas salariales empleadas en el cálculo de costes son erróneas y podrían generar un desequilibrio presupuestario importante a la entidad adjudicataria. Conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, esta situación debe ser evitada antes de publicar la oferta para no comprometer el proceso de licitación y la futura gestión del servicio municipal.

Según el sindicato, el pliego también debería contemplar la existencia de deudas pendientes con parte de la plantilla, causadas por denuncias interpuestas con sentencias firmes y que están pendientes de ejecutar, no quedando claro quien asumiría el abono de las mismas.

Por todo ello, el sindicato considera que estos errores podrían poner en duda la legalidad del propio proceso de licitación. “Entendemos que dichos documentos deben ser anexados a los pliegos, no solo para su valoración y para conocer sus costes reales, sino para que se contemplen al detalle todos y cada uno de los derechos adquiridos de los trabajadores subrogables”, tal y como afirman desde la sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Motril.

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