CSIF velará por el cumplimiento de las nuevas obligaciones en la negociación de protocolos de actuación y prevención frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos

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29 de noviembre de 2024

Aprobado el tercer paquete de ayudas para los afectados de la DANA

Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, exigirá a las empresas y administraciones que cumplan las nuevas obligaciones, que entran en vigor mañana 30 de noviembre, en la negociación de los protocolos de actuación y prevención frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos

La publicación hoy del tercer paquete de ayudas del Gobierno para los afectados por la DANA adopta medidas urgentes que complementan el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Entre las nuevas actualizaciones destaca la aprobación de un nuevo permiso retribuido (“permiso climático”) que garantiza el derecho de los trabajadores a no acudir al trabajo en caso de catástrofes o alertas climáticas. En concreto, contempla las siguientes situaciones: cuando no sea posible acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo; cuando se deban prestar los servicios de manera presencial, como consecuencia del seguimiento de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento de las autoridades competentes; o cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente.

Este permiso es de hasta cuatro días, prorrogables, y será posible siempre que existan impedimentos para que el trabajador pueda acogerse al trabajo a distancia. Pasados esos cuatro primeros días de permiso, las empresas pueden optar por mantener el permiso, sufragándolo, o acogerse a un ERTE de fuerza mayor.

También se acuerda que las personas trabajadoras sean informadas por la empresa de las medidas de actuación previstas por la activación de alertas por catástrofes y otros fenómenos atmosféricos adversos, sin perjuicio de los derechos de información, consulta y participación previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

 

Asimismo, la negociación colectiva debe incluir los protocolos de actuación que recojan medidas de prevención de riesgos específicamente referidas a la actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos.

Ante el impacto del cambio climático en las relaciones laborales, es necesario la adaptación del entorno laboral y se promueven medidas para garantizar condiciones de trabajo seguras durante fenómenos extremos y fomentar entornos laborales resilientes frente a emergencias climáticas.

Se prevé impulsar planes formativos y de sensibilización específicos en seguridad laboral para preparar a trabajadores y empresas en la gestión de riesgos asociados a eventos climáticos extremos.

Por su parte, se amplía hasta el 31 de diciembre la consideración excepcional de situación asimilada a accidente de trabajo de los procesos de incapacidad temporal para trabajadores o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA, y pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia causados por la catástrofe.

Además, el Gobierno elaborará en un plazo de 12 meses un Real Decreto que aborde la prevención de riesgos laborales de los trabajadores frente a los efectos del cambio climático.

 

 

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