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4 de diciembre de 2024

En la reunión de esta mañana, en relación con el orden de adjudicación de plazas, el Ministerio ha comunicado lo siguiente:

 

Antes del 31 de diciembre de 2024 va a estar en el BOE la convocatoria del concurso, las resoluciones de aprobados de los procesos de estabilización y la convocatoria de la OEP 2024. Respecto al proceso selectivo de la OEP 2023 turno libre (el examen de incidencias se celebrará el próximo 12 de diciembre) esperan sacar la relación de aprobados en este mes de diciembre. No obstante, la oferta de plazas y la adjudicación no serán simultáneas ni se solapará un proceso con otro. 

 

En cuanto al orden de adjudicación de plazas del concurso y procesos selectivos pendientes es intención del Ministerio operar de la siguiente manera.

 

1° Concurso de traslados 2024. Se ofertarán TODAS las vacantes y desiertas disponibles salvo aquellas plazas que estén afectadas por la primera fase de implantación de los Tribunales de Instancia. (más información en la circular adjunta)

2° Estabilización- méritos

3° Estabilización- concurso oposición 

4° Promoción interna OEP 2023

5° Turno libre OEP 2023

 

Como ya informamos, el proceso extraordinario de concurso de méritos de discapacitados contendrá la misma oferta de plazas que la que se realice para el proceso ordinario y, en caso de que en una misma plaza coincidan dos peticiones de ambos procesos (uno del ordinario y otro del extraordinario) se creará una plaza bis. 

 

Finalmente, recordamos que la convocatoria de oposiciones de la OEP 2024 está pendiente de publicación en el BOE después de que se reciba la autorización de Función Pública junto con la de LAJ.

 

Por otra parte, el Ministerio informa que, de oficio, depurará los listados excluyendo las jubilaciones que se produzcan y otros casos como fallecimientos, incapacidades etc... 

 

Asimismo, excluirá del proceso de concurso oposición a quienes hayan tomado posesión del mismo cuerpo por el concurso de méritos o por otro proceso anterior. 

 

Se podrá renunciar en cualquier momento. La renuncia a un proceso selectivo no implica la exclusión en otro proceso distinto. 

 

Se podrá tomar posesión en cuantos cuerpos se supere un proceso selectivo siempre que sean diferentes, dejando en excedencia el que se desee. 

 

En esta cuestión CSIF aconseja ir viendo como se desarrollan los acontecimientos y las resoluciones del Ministerio en cada caso, antes de tomar decisiones precipitadas.

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