El Supremo da la razón a CSIF y confirma la nulidad del decreto sobre el catalán en la Sanidad de Baleares
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27 de octubre de 2021
- CSIF propone una enmienda a los PGE para impedir por ley básica que las lenguas sean un requisito para acceder a la función pública
- CSIF exige al Gobierno de Baleares que modifique la Ley para garantizar la sanidad y evitar la fuga de profesionales
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha dictado una providencia que confirma la nulidad del Decreto 8/2018 por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares, como ya estableció el TSJ de esta comunidad autónoma.
Esta decisión se produce tras una demanda de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, al entender que la regulación del catalán penalizaba los derechos a la carrera profesional y a la movilidad del personal sanitario.
Ahora el Tribunal Supremo inadmite a trámite el recurso del Gobierno balear confirmando la sentencia previa. En dicha sentencia, el TSJ ya advertía de que “la privación terminante del derecho a la movilidad (del citado decreto) es evidentemente desproporcionada y, con ello, vulneradora de lo dispuesto en el artículo 129.3 del Estatuto Básico del Empleado Público”.
Esta sentencia además aludía a la progresividad en el nivel de conocimiento exigible de catalán puntualizando que “esa progresividad puede verse excepcionada en algún caso, justamente en atención a la ineludible garantía de los intereses generales más prioritarios, esto es, para salvaguardar la prestación efectiva -y satisfactoria- de los servicios públicos esenciales”.
De hecho, la propia Ley de Función Pública de Baleares establece con carácter general el conocimiento del catalán como requisito cuando debe respetar el principio de proporcionalidad y adecuación entre el nivel de exigencia y las funciones correspondientes. En este sentido, CSIF presentará una enmienda al Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para que el Estatuto Básico del Empleado Público (norma básica estatal) contemple el conocimiento de las lenguas como un mérito, pero nunca como requisito, para dar seguridad jurídica ante este tipo de situaciones.
El Gobierno de Baleares debe modificar la Ley
A partir de esta resolución del Supremo, CSIF exige al Gobierno de Baleares que modifique la Ley 4/2016 sobre el uso del catalán en la función pública con el fin de que la acreditación de esta lengua sea un mérito, pero nunca un requisito. En el caso del Servicio de Salud, se dificulta de manera grave la cobertura de necesidades de personal para dar un servicio de calidad a la ciudadanía.
A raíz de esta situación, nos encontramos ante una grave inseguridad jurídica que está provocando una gran insatisfacción y desánimo en el personal de la sanidad, así como una grave discriminación entre las diferentes categorías, cuando la pandemia del Covid19 ha dejado patente la máxima importancia y el papel esencial de nuestros/as profesionales.
La sanidad de Baleares precisa de captar profesionales que cubran las necesidades (durante los peores momentos de la pandemia se tuvo que realizar llamamientos ofreciendo alojamiento gratuito y primas incentivadoras). Además, se está produciendo un agotamiento de las bolsas de trabajo en numerosas categorías profesionales. Además, es muy preocupante la fuga de profesionales.
Por tanto, el sindicato se felicita por la providencia del Supremo y recuerda que la lengua debe ser un mérito que sume pero que en ningún caso reste valor a la calidad asistencial de la sanidad pública y suponga una rémora a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Desde ya presionaremos para que la administración balear modifique esta norma.