Inspección de Trabajo, a solicitud de CSIF, requiere a PROSEGUR la implementación de una política interna que garantice el derecho a la desconexión digital

17 de enero de 2025

La Inspección de Trabajo de Navarra, a instancias de CSIF Navarra, ha requerido a PROSEGUR la creación e implementación de una política interna que regule de manera adecuada el ejercicio del derecho a la desconexión digital, abarcando tanto a los trabajadores como a los directivos de la empresa.

Desde CSIF Navarra hemos manifestado nuestra preocupación por las continuas vulneraciones de este derecho, evidenciadas por las reiteradas comunicaciones fuera del horario laboral que la empresa mantiene con los vigilantes de seguridad en momentos en los que deberían estar protegidos por este derecho, como vacaciones, bajas por incapacidad o descansos regulares.

A pesar de las advertencias realizadas por los representantes de CSIF Navarra, PROSEGUR ha persistido en prácticas que claramente afectan la conciliación laboral y personal, como el envío constante de cuadrantes y la realización de llamadas y correos electrónicos en horarios inadecuados. Esta situación no solo afecta a los vigilantes, sino que incluso ha sido reconocida por miembros del propio equipo directivo de la empresa, como el jefe de servicio, entre otros cargos, quienes, según consta en la resolución de la Inspección, admiten haber sufrido también la falta de desconexión digital.

En consecuencia, la Inspección de Trabajo ha requerido a PROSEGUR la adopción de una política interna que incluya las siguientes medidas:

  • Definir las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión digital, aplicables a todos los trabajadores, incluidos los puestos directivos.
  • Diseñar e implementar acciones de formación y sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas para evitar riesgos como la fatiga informática.
  • Establecer procedimientos claros de desconexión digital, así como un protocolo específico para el seguimiento de incapacidades temporales, respetando en todo momento la intimidad de los trabajadores y su derecho a la desconexión.

Además, la Inspección ha recordado a PROSEGUR la obligatoriedad de cumplir con el artículo 35.4 del Estatuto de los Trabajadores, que regula el carácter voluntario de la realización de horas extraordinarias salvo que exista un acuerdo colectivo o contractual que disponga lo contrario.

Desde CSIF Navarra reafirmamos nuestro compromiso en la defensa de los derechos laborales y en el seguimiento de las medidas requeridas por la Inspección de Trabajo para garantizar que PROSEGUR cumpla con la normativa vigente, independientemente de la postura que adopten sus responsables.

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