MUGEJU: Cambio ordinario de entidad médica

  • Mugeju
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Cuerpos Especiales de Justicia
  • Cuerpos Generales de Justicia
  • Otros Cuerpos de Justicia

4 de enero de 2021

- CSIF te informa de los requisitos, modelos y novedades sobre este cambio cuyo plazo de realización es del 1 al 31 de enero de 2021

- Consulta los catálogos de cada compañía con los cuadros médicos y de centros de atención que ponen a disposición de los mutualistas.

- Atención: la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida desde el 1 de enero en el Reino Unido a causa del Brexit.

Del 1 al 31 de enero los mutualistas que así lo deseen podrán cambiar de entidad médica o solicitar la atención sanitaria a través del servicio público de salud o viceversa.  El cambio tendrá efectos, en todo caso, a partir del 1 de febrero. Accede al impreso aquí.

Como ya os informamos, CASER deja de ofrecer servicios sanitarios para los mutualistas de MUGEJU, los cuales, desde el 1 de diciembre y hasta el 31 de enero, tienen abierto el plazo para elegir otra entidad o pasarse al servicio público de salud de su comunidad autónoma

Consulta los catálogos de servicios médicos y cuadros de profesionales de tu compañía y comprueba que tus médicos y tratamientos siguen en la oferta de 2021 de las seis compañías que sí han firmado la prórroga del Concierto. Nueva Mutua Sanitaria, Sanitas, Asisa, Segurcaixa-Adeslas, DKV Seguros y Mapfre

Cambio ordinario (Desde el 1 al 31 de enero de cada año)

 

Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez. El cambio de entidad médica tendrá efectos desde el 1 de febrero.  Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido. Accede al modelo en este enlace.

 

  1. Cambio extraordinario (Durante todo el año). Sólo se admite, con carácter excepcional, en dos supuestos.

 

1.- Cuando se produzca un cambio de destino del/de la mutualista en activo, o de residencia del/de la mutualista, jubilado/jubilada o del/de la titular no mutualista, que implique, en todos los casos, un cambio de provincia. Para este cambio, deberán presentar el modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES. Puedes encontrar el modelo en este enlace. Los mutualistas y las mutualistas en activo deberán adjuntar la toma de posesión en el nuevo destino.

 

2.-Cuando, por circunstancias excepcionales (p. ej. enfermedades muy graves), el mutualista o la mutualista obtenga la conformidad expresa, por escrito, de las dos entidades afectadas.

 

Para solicitar este cambio, deberán presentar: El modelo de SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD MÉDICA (ver enlace en el apartado 1 de cambio ordinario), marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO y adjuntar los escritos de conformidad de las entidades afectadas.

 

En caso de cambio de entidad médica, los beneficiarios y las beneficiarias se adscribirán a la misma entidad médica por la que opte el titular de quien dependa su derecho.

BREXIT y asistencia médica a los mutualistas y beneficiarios en el Reino Unido a partir del 31 de diciembre

 

La validez de la TSE (Tarjeta Sanitaria Europea) y del Certificado Provisional Sustitutorio, finaliza el 31 de diciembre. No ocurre lo mismo con el sistema de póliza colectiva de seguros previsto en las prestaciones de MUGEJU.

 

Infórmate en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores sobre la situación tras el acuerdo entre UE y Reino Unido.

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR