El Tribunal Supremo da la razón a CSIF tras quitarle el anterior Consell el segundo vocal en la Comisión de Policías Locales
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22 de mayo de 2024
El sindicato ya había ganado en todas las instancias anteriores y ahora la resolución del alto tribunal cierra un proceso que se inició en 2020
El Tribunal Supremo da la razón a CSIF tras quitarle el anterior Consell el segundo vocal en la Comisión de Policías Locales
- El sindicato ya había ganado en todas las instancias anteriores y ahora la resolución del alto tribunal cierra un proceso que se inició en 2020
(Comunidad Valenciana, 05-04-2023). El Tribunal Supremo ha fallado de nuevo a favor de CSIF y, con esa decisión contra la que no cabe recurso, cierra un largo proceso que se inició en 2020 cuando el anterior Consell quitó un vocal al sindicato en la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana. La central sindical recurrió y el Juzgado de lo Contencioso 10 de Valencia y, posteriormente, el TSJ, reconocieron el derecho de CSIF a dos vocalías.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) explica que el proceso judicial comenzó con la presentación de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado, que lo estimó, tras decidir la Generalitat detraerle uno de sus dos vocales en la Comisión de Coordinación. Esa medida la adoptó pese a que CSIF supera el 10% de representatividad.
El sindicato señala que la Generalitat había decidido aceptar un recurso de FESEP, que, con una representatividad del 2,48%, sumaba la de SPPLB y SEP-CV, para, conjuntamente, alcanzar ese 10%. CSIF llevó el tema a los tribunales y el juzgado de primera instancia dejó claro que “a las elecciones concurrieron de forma separada e independiente y solo ante el escaso resultado que les priva de la condición de más representativos han acudido a la solución de pretender sumar sus votos a posteriori”.
Esa sentencia inicial recalcaba, además, que “esto es, por tanto, un intento de soslayar el sistema de elección, ya que se pretende intentar obtener representación suficiente propia y, a la vez y en caso de no lograrlo, configurar una suma de no representativos para alcanzar algo que no les correspondía individualmente”.
FESEP presentó recurso de apelación ante el TSJ de la Comunidad Valenciana, que decidió desestimarlo y ratificar que la Generalitat devolviera a CSIF, en su condición de sindicato más representativo, el vocal del que le privó. De esta forma reconocía la representatividad del sindicato y su derecho a contar con esas dos vocalías en la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana.
No obstante y pese a volver a perder en segunda instancia, siguió y llevó el tema ante la Sección Primera de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo, que ha este mes acordado “inadmitir a trámite” el recurso de casación contra la sentencia del 4 de abril de 2023 del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana.
CSIF explica que el dictamen judicial que cierra el proceso ratifica que “la organización sindical recurrente -FESEP- no superaba el umbral mínimo del 10% en la fecha en que el proceso electoral hubo concluido”. Además, hace hincapié en que “el escrito de preparación no se ha fundamentado suficientemente” y que “la parte recurrente no detalla en qué consiste el aparente error en la interpretación”.
El Tribunal Supremo falla, por tanto, inadmitir a trámite el recurso, condenar a costas a la parte recurrente y ratificar de manera definitiva, cuatro años después de aquella decisión, que el Consell del Botànic II restó a CSIF un vocal por causas no legítimas ni fundamentadas en derecho para dárselo a una organización a la que no correspondía.
La central sindical recalca que esa decisión de 2020 de la Generalitat, que no obedecía a criterios de representación electoral, evitó que el sindicato pudiera reclamar con la suficiente fuerza, entre otras cuestiones, medidas como agilizar las oposiciones policiales para asegurar una dotación mínima de efectivos.
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