ANDALUCÍA. Aprobada resolución criterio para el abono al personal funcionario de Justicia, de las guardias no realizadas por razones de incapacidad temporal por riesgo en el embarazo o permisos y licencias por maternidad, paternidad y lactancia
- Negociaciones y acuerdos
30 de apirila de 2025

Por el Servicio de Recursos Humanos de la Secretaría General de Servicios Judiciales, se nos ha remitido Instrucción 1/2025, tras la aprobación en la última mesa sectorial de negociación de justicia, por la que se fijan criterios para el abono al personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, de las guardias no realizadas por razones de incapacidad temporal por riesgo en el embarazo o permisos y licencias por maternidad, paternidad y lactancia
Conclusión, el abono de las guardias no realizadas pendientes, anteriores a la resolución del 20 de noviembre de 2024, es no solo justo sino también prudente para evitar reclamaciones judiciales. La aplicación retroactiva de la resolución alinearía la práctica administrativa con la doctrina judicial establecida, evitando así conflictos legales adicionales y promoviendo la equidad en el trato a los trabajadores.
Se insta a que las Delegaciones Territoriales de esta Consejería procedan al abono de las guardias no realizadas por razones de incapacidad temporal por riesgo en el embarazo o permisos y licencias por maternidad, paternidad y lactancias, realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Resolución de 20 de noviembre de 2024, teniendo en cuenta el artículo 24 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Para lo cual, se notificará esta instrucción a las Secretarías Generales Provinciales de las Delegaciones