Conceptos de nómina del personal estatutario
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3 de apirila de 2024
CONCEPTOS DE NÓMINA DEL PERSONAL ESTATUTARIO EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA
RETRIBUCIONES BÁSICAS
- Sueldo base: Cantidad que un trabajador recibe establecida por categoría.
- Trienios: Cantidad establecida por categoría que se abona cada tres años de servicio.
- Pagas extraordinarias: Abono en junio y diciembre. Incluye sueldo base, complemento de destino y trienios.
RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS
- Complemento de Destino: Nivel que se fija según el puesto de trabajo.
- Complemento Específico: Retribución de las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo.
- Complemento de Atención Continuada por continuidad asistencial: Remuneración al personal por atender a los usuarios de manera permanente y continuada.
- Complemento Productividad Fija: Remuneración del especial rendimiento.
- Productividad Fija AMS (acuerdo Mesa Sectorial): Retribución como cantidades a cuenta hasta que se desarrolle el sistema retributivo.
- Complemento de Productividad Variable: Consecución de objetivos por centro, servicio y categoría profesional.
- Complemento de Carrera Profesional: Retribución en base al nivel otorgado conforme a méritos cada cinco años. Desde Nivel I hasta Nivel IV.
- Complemento específico turnicidad rotatorio: Abono al realizar tres o más turnos nocturnos o cinco cambios de turno en el mismo mes.
- Festivos: Abono en función del número de festivos que realice el trabajador.
- Noches/Nocturnidad: Complemento según categoría profesional y número de noches realizadas. Noche previa a festivo, incremento de retribución.
CONCEPTOS DE NÓMINA DEL PERSONAL ESTATUTARIO EN ATENCIÓN PRIMARIA
RETRIBUCIONES BÁSICAS
- Sueldo base: Cantidad que un trabajador recibe establecida por categoría.
- Trienios: Cantidad establecida por categoría que se abona cada tres años de servicio.
- Pagas extraordinarias: Abono en junio y diciembre. Incluye sueldo base, complemento de destino y trienios.
RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS
- Complemento de Destino: Nivel que se fija según el puesto de trabajo.
- Complemento Específico: Retribución de las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo.
- Complemento Productividad Fija: Remuneración del especial rendimiento.
- Productividad Fija AMS (acuerdo Mesa Sectorial): Retribución como cantidades a cuenta hasta que se desarrolle el sistema retributivo.
- Complemento de Productividad Variable: Consecución de objetivos por centro, servicio y categoría profesional. Se cobra una vez al año.
- Complemento de Carrera Profesional: Retribución en base al nivel otorgado conforme a méritos cada cinco años. Desde Nivel I hasta Nivel IV.
- Complemento Productividad TSI: varía según la población asignada. Se contabiliza número de pacientes, la franja de edad que tienen y el coeficiente de dispersión que tenga asignado el Centro de Salud (G1, G2, G3, G4).
- Complemento TSA (Tarjeta Sanitaria Atendida): Cobro trimestral. El requisito para generar el cobro será que la población atendida a nivel Unidad Funcional, en el año de la evaluación, sea mayor del 85% de la población asignada.
- En el caso del Técnico Superior Especialista en higiene bucodental y el Técnico Medio en cuidados auxiliares de enfermería de la unidad bucodental, al no tener población asignada, se les computa la población atendida por el Odontólogo de su unidad funcional.
- En el caso del Técnico Medio en cuidados auxiliares de enfermería de las unidades de fisioterapia, se les asigna la población atendida por el fisioterapeuta de su unidad funcional.
- En el caso de Celadores, TCAEs y Auxiliares Administrativos, se les asigna la población atendida por los Médicos de Familia en los Centros de Salud.
- Complemento de Productividad Fija por Atención Domiciliaria de Enfermería: Cobro anual. El cobro se generará cuando la población atendida a nivel Unidad Funcional, en el año de la evaluación, sea mayor del 85% de la población asignada y se realice atención domiciliaria.
En estos dos últimos puntos (Complemento TSA y Complemento por Atención Domiciliaria de Enfermería), quedan excluidos de cobro:
* Comisiones de servicio.
* Situaciones de IT, mientras permanezcan así.
* Situaciones equiparables en las que el titular no se encuentre prestando servicios en ningún centro de salud que cumpla en requisito del 85%.
- Complemento de Ruralidad: se cobra en los 33 Centros de Salud (*) asignados por la Administración. El importe es mensual.
(*) Listado de Centros de Salud con consideración de Centro de Salud Rural
- C.S. Villarejo de Salvanés
- C.S. Perales de Tajuña
- C.S. Campo Real
- C.S. Mejorada del Campo
- C.S. Meco
- C.S. Torres de la Alameda
- C.S. Algete
- C.S. Paracuellos de Jarama
- C.S. Manzanares el Real
- C.S. El Molar
- C.S. La Cabrera
- C.S. Torrelaguna
- C.S. Buitrago de Lozoya
- C.S. Rascafría
- C.S. Soto del Real
- C.S. Villanueva de la Cañada
- C.S. Torrelodones
- C.S. Galapagar
- C.S. San Carlos (San Lorenzo del Escorial)
- C.S. Guadarrama
- C.S. Cercedilla
- C.S. Robledo de Chavela
- C.S. Collado Villalba Pueblo
- C.S. Collado Villalba Estación
- C.S. Navalcarnero
- C.S. Villa del Prado
- C.S. Cadalso de los Vidrios
- C.S. San Martin de Valdeiglesias
- C.S. Navas del Rey
- C.S. Humanes
- C.S. Griñón
- C.S. Ciempozuelos
- C.S. Colmenar de Oreja