Las concesionarias del servicio de ambulancias del SAS cobran a la plantilla las multas de tráfico impuestas a los vehículos

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3 de azaroa de 2023

Empresa Privada

CSIF informa de una nueva medida adoptada contra su plantilla por SSGA y por la UTE TSI, concesionarias del servicio de transporte sanitario del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en Córdoba. En este caso, el sindicato denuncia que las multas impuestas a las ambulancias por cometer infracciones al Reglamento General de Vehículos al no cumplir las características técnicas adecuadas, cuyo abono debería ser asumido por la empresa, están siendo repercutidas injustamente por esta en las nóminas de las trabajadoras y los trabajadores.

El delegado de la sección sindical de CSIF en la UTE TSI, Manuel Álvarez, asegura que esta forma de actuar por parte de la empresa es “improcedente” al ser sanciones que “deben ser asumidas por la propia compañía”, al mismo tiempo que estas multas están siendo repercutidas en las nóminas del personal sin ningún tipo de comunicación previa con el profesional ni con sus representantes sindicales.

Desde CSIF se señala que “desde el momento que el comité de empresa de SSGA ha tenido conocimiento de estas prácticas de la empresa por los propios trabajadores y trabajadoras hemos comunicado a los responsables de la misma nuestro total desacuerdo con esta medida y les hemos reclamado que cesen en sus actuaciones en esta materia y que restituyan a la plantilla afectada de todo el dinero retirado por este motivo”.

Álvarez recuerda que esta “actitud obstruccionista” de SSGA y la UTE TSI se suma a otras carencias que viene sufriendo este servicio desde su adjudicación por parte del SAS, como es la obligación impuesta a parte de la plantilla de técnicos de emergencias sanitarias que ejercen su labor en las ambulancias tipo A1 a realizar jornadas laborales continuadas sin descanso de hasta 48 horas, además de obligar a los profesionales en situación de incapacidad temporal o baja médica a cobrar mediante un cheque bancario con la consecuente discriminación que supone, o incumplir reiteradamente el convenio colectivo, “vulnerando de esta manera los derechos de sus trabajadores y las trabajadoras en cuanto a salarios, jornada laboral y conciliación de su vida laboral y familiar”, sentencia CSIF.

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