Estas son las temperaturas que Correos debe cumplir según sea tu centro de trabajo

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal de Correos

3 de uztaila de 2024

En estos meses de verano, CSIF te recuerda el Real Decreto (CLIC AQUÍ), que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en cada centro para los empleados/as que hacen trabajo interior.

 

CENTROS DE CARGA O DE CLASIFICACIÓN de Correos, donde se realizan trabajos ligeros, "la temperatura estará comprendida entre 14 y 25º". Y por trabajo ligero se entiende "aquel que implique un esfuerzo físico". 

 

>>

 

OFICINAS O SIMILARES, donde se realizan trabajos sedentarios, la norma indica que  "la temperatura estará comprendida entre 17 y 27 grados". 

 

>>

 

TAL Y COMO INSISTE CSIF, todos los centros de trabajo de Correos están obligados a cumplir con los umbrales de temperatura del reglamento de seguridad y salud laboral. 

 

>>

 

DE LO CONTRARIO, los trabajadores y trabajadoras deben denunciarlo a través de CSIF, que, en caso necesario, llevará los casos a Inspección de Trabajo y Seguridad Social para conseguir que se cumpla la normativa en prevención de riesgos laborales, tal y como marca la Ley. 

 

>>

Redes sociales:

 

 

 

PARTEKATU