Puestos específicos - Procedimiento de acreditación - Curso 24/25

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24 de martxoa de 2025

10/04/25 Abierto el plazo para acreditarse en puestos docentes específicos en Andalucía para el curso 2025/2026

🗓 Plazo: del 10 de abril al 27 de junio de 2025.

El profesorado interesado podrá presentar su solicitud para acreditarse en los puestos específicos docentes regulados por la nueva Resolución de 9 de abril de 2025, publicada por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía.

Esta convocatoria permite acreditar perfiles específicos —como puestos bilingües, de especialidades concretas o del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas—, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

👩‍🏫 ¿Quién puede participar?

  • Funcionarios de carrera y en prácticas (a 1 de septiembre de 2025) para los puestos de los anexos I, II y III.
  • Funcionarios interinos
    El personal funcionario interino podrá acreditarse en los puestos específicos relacionados en los anexos II y III de la presente convocatoria, siempre que reúna los requisitos establecidos en los mismo
  • Personal aspirantes a interinidad

El personal aspirante a interinidad podrá, en su caso, acreditarse en los puestos específicos relacionados en el Anexo III de la presente convocatoria, de especialidades del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, siempre que reúna los requisitos establecidos en el mismo, para optar a su cobertura en el referido procedimiento de adjudicación de vacantes.

  • Integrantes de bolsas de trabajo docente

El personal integrante de las bolsas de trabajo docente podrá, asimismo, acreditarse en los puestos específicos relacionados en los anexos II y III de la presente convocatoria, siempre que reúna los requisitos establecidos en los mismos, para optar a su cobertura en los procedimientos de adjudicación de vacantes sobrevenidas y sustituciones, gestionados a través del Sistema de Provisión de Interinidades (SIPRI) para el curso 2025/2026.

📄 ¿Qué tipo de puestos se ofertan?

  • Anexo I: Puestos bilingües.
  • Anexo II: Puestos específicos de varios cuerpos docentes.
  • Anexo III: Puestos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Nota: No será necesario acreditar aquellos puestos cuyo único requisito sea de “provisión voluntaria”.

🧾 ¿Cómo se solicita?

La solicitud se presentará únicamente de forma telemática a través del:

Portal del Personal Docente de la Junta de Andalucía

Es obligatorio utilizar firma electrónica y adjuntar la documentación en formato PDF, con nombres descriptivos y clara identificación de los méritos acreditados.

📌 Recomendaciones clave:

  • Una solicitud por cada puesto específico.
  • Para puestos bilingües, presentar titulaciones válidas (Anexo IV).
  • Traducción oficial si los documentos están en otro idioma.
  • La experiencia docente en centros públicos andaluces será computada automáticamente.
  • Verifica que todos los documentos sean legibles y veraces.

✅ ¿Qué pasa si me acreditan?

Los puestos acreditados aparecerán en el apartado “Consulta de puestos específicos acreditados” del portal docente. Esta acreditación se mantendrá en vigor en cursos posteriores, salvo que cambien los requisitos o el puesto deje de estar vigente.

💡 Consejo: Si cumples los requisitos, aprovecha esta oportunidad para mejorar tu posición en la adjudicación de destinos y abrir nuevas puertas en tu carrera docente. ¡No lo dejes pasar!

24/03/25 ANUNCIO DE LA CONSEJERÍA SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha informado  que, previsiblemente en la primera quincena de abril, se va a abrir procedimiento de acreditación para puestos específicos. Las acreditaciones se harán a través del portal docente y podrán realizarla, funcionarios, interinos y también aspirantes a interinidad.

Desde CSIF Educación Andalucía ponemos a tu disposición toda la información relacionado con el procedimiento celebrado el curso pasado.

 

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Dónde puedo comprobar los puestos para los que ya estoy acreditado?
Puede comprobar los puestos para los que sigue acreditado en el Portal Docente (Datos administrativos > Información personalizada: «Consultar puestos específicos acreditados»). También tendrá la opción de consultarlo dentro del trámite: «Solicitud de acreditación de puestos específicos docentes».
Si ya me acredité en el pasado para un puesto específico, ¿debo volver a solicitar la acreditación?
No es necesario. Mientras los requisitos de acreditación no cambien la acreditación seguirá siendo válida.
Han cambiado los requisitos para un puesto específico, ¿debo volver a solicitar la acreditación?
Sí, ya que al ser los nuevos requisitos más restrictivos que los anteriores, la acreditación anterior queda invalidada.
¿Cómo sé qué requisitos tiene un determinado puesto específico?
Al acceder al trámite a través del Portal Docente (Datos administrativos > Información personalizada: «Consultar puestos específicos acreditados»), el formulario le devolverá el listado de puestos específicos para los que puede acreditarse en función de la especialidad o bolsa a la que pertenezca. Una vez seleccionado un puesto obtendrá el conjunto de requisitos necesarios para su acreditación. También se pueden consultar en los anexos adjuntos a la resolución de convocatoria.
¿Es posible solicitar la acreditación para un puesto específico de «Provisión voluntaria»?
No. Los puestos clasificados como de «Provisión voluntaria» no cuentan con requisitos específicos, por lo que pueden ser solicitados por cualquier persona que forme parte de la bolsa de acceso o especialidad correspondiente.
¿Es posible acreditarse en un puesto bilingüe?
Sí, pero únicamente pueden hacerlo los funcionarios de carrera y en prácticas.
Soy funcionario interino de una bolsa ordinaria, ¿puedo solicitar acreditarme en un puesto bilingüe?
No. Solo los funcionarios de carrera y en prácticas pueden solicitar la acreditación. Los interinos deben pertenecer a la correspondiente bolsa bilingüe, a la que se accede por otros procedimientos.
¿Debo aportar la titulación académica requerida para el puesto si ya la aporté en otro procedimiento?
No es obligatorio, salvo que la titulación requerida sea diferente. Aportarla puede facilitar la tramitación por parte de la Administración.
¿Puedo aportar el resguardo de pago de tasas de expedición de título, certificación académica, o documentos similares para acreditar la titulación?
Sí. Puede presentar la certificación de notas con la leyenda «Obtiene título», junto con el resguardo del pago de tasas y la solicitud de expedición del título.
¿Debo acreditar el requisito relacionado con haber impartido un curso académico de docencia a distancia o semipresencial si he ocupado puestos en la Administración educativa andaluza?
No es necesario. Si la docencia fue en otra Administración pública, deberá aportar documentación como nombramiento y cese. En centros privados o concertados, un certificado con el visto bueno de Inspección Educativa.
Cuando se pide experiencia docente en un determinado puesto específico durante un periodo, ¿qué documentación sirve para acreditar dicha experiencia?
La documentación varía según el tipo de centro: en la Administración andaluza no es necesario acreditarla, en otras Administraciones públicas se requiere nombramiento, cese, hoja de servicios o anexo I. En centros privados o concertados, un certificado con el visto bueno de Inspección Educativa.
¿Cómo debo acreditar la experiencia laboral o profesional requerida para un determinado puesto?
Debe presentar un certificado de empresa con fechas de inicio y fin, informe de Vida Laboral y contrato del puesto desempeñado.
Tengo acreditado un nivel de competencia digital docente (A1, A2, B1 o B2), ¿me sirve para acreditar la formación requerida en el «Requisito ED»?
No. Es necesario presentar certificados de formación específicos. Las acreditaciones A1, A2 y B1 no cumplen los requisitos exigidos. B2 incluye 28 horas en creación de REA, pero sigue siendo insuficiente.
Nivel Horas de formación en Moodle Horas de formación en la herramienta eXe-Learning
A1 0 0
A2 4 6 en modificación de REA
B1 0 15 en modificación de REA
B2 0 28 en creación de REA

 

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