Modificación del permiso de lactancia acumulada.
- Asesoría Jurídica
26 de ekaina de 2024
CSIF Informa: Se modifica la regulación de la lactancia acumulada mediante RDL 2/2024 de 21 de mayo.
LOS EMPLEADOS/AS TENEMOS DERECHO A:
1 hora de ausencia del trabajo, que puede dividirse en dos fracciones
• sustituirla por una reducción de jornada en media hora
• acumularlo en jornadas completas (modificado el artículo 37.4 del ET) en caso de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d}, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla 9 meses.
PERO TAMBIÉN PODEMOS AMPLIARLO:
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Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes , guardadoras o acogedoras ejerzamos este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse...
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Hasta que el lactante cumpla 12 meses, con la reducción de forma proporcional del salario a partir de que cumplan los 9 meses de edad.