Último borrador del régimen transitorio para el acceso a la Función Pública Docente, tras la publicación en el BOE de hoy de la Ley de reducción de la temporalidad
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29 de abendua de 2021
- El nuevo texto incorpora mejoras en la baremación de la experiencia docente, incluye la formación permanente y la publicidad de la nota de las dos pruebas.
- La modificación del acceso a los cuerpos docentes desarrolla la ley en el sector educativo con el objetivo de reducir la interinidad por debajo del 8%, tal y como exige la Unión Europea.
Tras la Mesa Sectorial del pasado 21 de diciembre, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha recogido algunas de las enmiendas que CSIF y los demás sindicatos más representativos, habían aportado como propuestas.
En el borrador que se negoció en dicha reunión, se contemplaba el baremo de la experiencia docente en los centros públicos, pero solo en la misma especialidad y cuerpo. En el mismo baremo, desaparecía la formación permanente como mérito y en la fase de oposición se establecía que las comunidades autónomas solo debían publicar la puntuación global y no la nota de cada una de las partes en las que consiste la prueba única.
A petición de CSIF, se han modificado dichos aspectos. Así, se ha incluido la puntuación para toda experiencia en centros públicos, se añade la formación permanente dentro de otros méritos con valor de 1 punto y se dispone que las notas de las dos partes de la prueba se deben puntuar de 0 a 10 y ser publicadas ambas junto con la nota global de la fase de oposición.
El sistema transitorio de concurso-oposición es una consecuencia de la Ley de reducción de la temporalidad que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de hoy, 29 de diciembre, y que pretende hacer cumplir la normativa europea que castiga la excesiva temporalidad en nuestras administraciones públicas. Esta ley, que parte del acuerdo suscrito por CSIF, CC.OO. y UGT con el Ministerio de Administraciones Públicas, regula los procesos de concurso-oposición por el que se intenta encontrar el equilibrio respetando los principios constitucionales en el acceso la Función Pública y la libre concurrencia.
De este modo, las pruebas son no eliminatorias, para que todos los opositores realicen toda la fase de oposición y se haga una valoración global de sus conocimientos teóricos y pedagógicos. Por otro lado, en la fase de concurso se aumenta al máximo posible el peso de la experiencia docente. Como marca la ley, además, se pondera la fase de concurso en un 40% sobre el 60% que recae en la oposición.
Esta regulación debe conseguir los objetivos marcados de temporalidad por debajo del 8% antes del 31 de diciembre de 2024. Las plazas ofertadas para concurso-oposición que se realicen durante los años 2022-2023 y 2024 deben efectuarse bajo esta modificación normativa.
La norma también establece un concurso de méritos extraordinario, introducido por los grupos parlamentarios, para las plazas ocupadas temporalmente de larga duración. CSIF exige que la provisión de estas plazas sea mediante un sistema homogéneo, con seguridad jurídica y sin quebrar el principio de equidad.
Cuando se publiquen estas modificaciones del sistema de acceso, CSIF exigirá el cumplimiento de la reducción de la temporalidad con la publicación de todas las vacantes a oferta de empleo público. Seguimos demandando que empiece a negociarse una modificación completa del Real Decreto de acceso para adecuarse a la realidad actual que permita el acceso a los mejores a la carrera docente, una vez establecidas las necesidades de las plantillas de los centros debido a la gran cantidad de jubilaciones que se producirán en los siguientes años, la implantación de los nuevos programas de Formación Profesional y la incorporación necesaria de nuevos profesionales en el Sistema Educativo para adecuar nuestros centros educativos a la realidad europea.
Por la dignificación de la labor docente.
29 de diciembre de 2021
CSIF EDUCACIÓN
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