INFORMACIÓN SOBRE PRÉSTAMOS Y ANTICIPOS AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID

  • Últimas noticias

20 de martxoa de 2025

Los empleados públicos tienen derecho a percibir préstamos sin interés y anticipos.

La fijación de los criterios para la concesión de los préstamos se llevará a cabo por una comisión mixta integrada por los miembros de la comisión paritaria y de la comisión de seguimiento.


PRESTAMOS


La fijación de los criterios para la concesión de los préstamos se llevará a cabo por una comisión mixta integrada por los miembros de la comisión paritaria y de la comisión de seguimiento. Los préstamos tendrán una cuantía máxima de 5.000 euros, y el plazo máximo de amortización será de treinta y seis mensualidades consecutivas contadas desde el mes siguiente a la fecha de concesión. Para las solicitudes de concesión de préstamos será documento justificativo suficiente la presentación de factura y/o presupuesto suficientemente detallado.


ANTICIPOS:


a) SOBRE MENSUALIDADES: Se concederán anticipos de hasta una mensualidad de retribuciones líquidas en el mes corriente, a cuyo efecto se solicitarán con antelación al día 5 de cada mes, y descontándose, asimismo, en la nómina del mes siguiente a aquel en el que se perciba.


b) SOBRE PAGAS EXTRAORDINARIAS: Se concederán anticipos de hasta dos pagas extraordinarias dentro del año presupuestario, a descontar en las nóminas de junio y diciembre. La efectividad de los anticipos se realizará con el abono de la nómina del mes siguiente a su solicitud.


- Al personal laboral temporal o funcionario interino, con contrato o nombramiento de duración superior a tres meses, se le aplicarán, con carácter general, los criterios y procedimientos anteriormente señalados para el personal fijo, con limitaciones en cuanto a plazos de amortización y cuantías:


a)PRÉSTAMOS: Los plazos de amortización no excederán del período de duración de los nombramientos y las cuantías no sobrepasarán, dentro de los límites establecidos con carácter general, el importe de una mensualidad líquida.


b)ANTICIPOS: Los plazos de amortización no excederán del período de duración de los nombramientos y las cuantías se ajustarán al importe del salario devengado hasta la fecha de petición.

 


CSIF TE INFORMA

Erantsitako fitxategiak

PARTEKATU