Convocatoria procedimiento para la implantación de proyectos bilingües de formación profesional

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18 de apirila de 2022

ORDEN 777/2022, de 5 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se convoca el procedimiento para la implantación de proyectos bilingües de formación profesional en centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid en el curso 2022-2023.

Entre los fines del sistema educativo la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en el artículo 2.j) la capacitación para la comunicación en una o más lenguas extranjeras. Este fin también se contempla como área prioritaria en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que dispone que se incorporarán a las ofertas formativas financiadas la relativa a idiomas de los países de la Unión Europea.

Asimismo, de conformidad con el artículo 2.b) del Decreto 63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación y organización de la formación profesional en la comunidad de Madrid, uno de los fines de la formación profesional del sistema educativo en la Comunidad de Madrid es facilitar al alumnado su adaptación a los cambios profesionales y sociales que puedan producirse durante su vida, así como el desempeño de una profesión en otros países y en lenguas extranjeras.

La Orden 1679/2016, de 26 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y De- porte, por la que se regulan los proyectos bilingües de Formación Profesional en la Comunidad de Madrid y se convoca el procedimiento para su implantación en centros de titularidad pública de la Comunidad de Madrid en el curso 2016-17, concreta las características y requisitos que deben reunir los proyectos bilingües en enseñanzas de formación profesional, que podrán ser impartidos en los centros autorizados por la consejería con competencias en materia de educación. Esta norma prevé la publicación de una convocatoria anual para que los centros educativos sostenidos con fondos públicos, en el ejercicio de su autonomía, presenten sus proyectos y contribuyan así a mejorar la oferta educativa en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Asimismo, las características de los proyectos bilingües recogidas en la misma son coherentes con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 63/2019, de 16 de julio, dedicado a los proyectos bilingües de formación profesional.

La presente orden recoge los aspectos a los que se refiere el artículo 29.5 del Decreto 63/2019, de 16 de julio, en cuanto al procedimiento de solicitud y autorización para la implantación de proyectos de innovación, entre los que se enmarcan los proyectos bilingües de formación profesional, puesto que establece, entre otros aspectos, el órgano competente para resolver, la documentación necesaria para atender la solicitud y los plazos para su presentación.

El objetivo de la presente orden es convocar el procedimiento para la implantación de proyectos bilingües en enseñanzas de formación profesional en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, que deseen impartir en inglés algunos módulos profesionales de ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional, a partir del curso 2022-2023. Asimismo, aquellos centros educativos sostenidos con fondos públicos que cuenten con proyectos bilingües autorizados y deseen implementar mejoras en los mismos solicitarán la autorización de las modificaciones que consideren oportunas en el marco de la presente convocatoria.

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