Resumen de la Ley Orgánica de eficiencia organizativa del Servicio Público de Justicia

  • Normativa

14 de martxoa de 2024

1.- ÓRGANOS COLEGIADOS:

A).-CON JURISDICCIÓN EN TODA ESPAÑA
   - Tribunal Supremo
    -Audiencia Nacional
    -Tribunal Central de  Instancia ( antiguos Juzgados Centrales de Instrucción, Vigilancia Penitenciaria, Menores, Contenciso- administrativos..).

B).-CON JURISDICCIÓN EN SU RESPECTIVA PROVINCIA.
    -Audiencias Provinciales
    -Secciones de los Tribunales de Instancia ( antiguos juzgados de lo Penal, contencioso-.administrativo- social, Mercantil, de Vigilancia Penitenciaria,  Familia, Violencia  y de Menores).

C).- CON JURISDICCIÓN LIMITADA A UN SOLO PARTIDO JUDICIAL.

1.-Secciónes Civiles de los Tribunales de Instancia
2.- Secciones de Instrucción de los Tribunales de Instancia
3.- Secciones Civiles y de Instrucción de los Tribunales de Instancia que constituyen una sección única.  

2.- MODELO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL   

2.1.-Tribunal Central.( antiguos Juzgados centrales).

2.2.- Tribunales de Instancia  con sede en cada partido judicial.   
        Servidos por la Oficina Judicial. 

Estarán integrados por :  

a) Una Sección Única 
b) Sección Civil 
c) Sección Instrucción
   Podrán estar integrados por  alguna o varias de las siguientes Secciones:
( Familia, Mercantil, Violencia, Enjuiciamiento Penal, Menores, Vigilancia Penitenciaria, Contencioso Administrativo, Social )

2.3- Oficinas de Justicia del Municipio.
    ( Antiguos Juzgados de Paz).
        Unidades no integradas en la Oficina Judicial del partido judicial, pero pertenecientes a la Administración de justicia,  tendrán su sede en los municipios donde no tenga su sede un Tribunal de instancia. 

3.- ESTRUCTURA DE LA OFICINA JUDICIAL.
La actividad de la Oficina Judicial se desarrollara a través de:
3.1.- Unidades Procesales de Tramitación.
Que desarrollarán funciones de ordenación del procedimiento.
Esta unidad procesal podrá subdividirse en áreas .

3.2.- Servicios Comunes Procesales.
No desarrollarán funciones de ordenación del procedimiento 
Sus funciones serán las relativas a la prestación de auxilio judicial.
Esta unidad podrá subdividirse en áreas.
Las unidades y servicios que componen la oficina judicial podrán desempeñar sus funciones al servicio de órganos de una misma jurisdicción, de varias jurisdicciones o de órganos especializados. 

El Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias en materia de justicia deberán elaborar las relaciones de puestos de trabajo de cada una de estas oficinas para su aprobación. 

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