CSIF Andalucía apoya la huelga convocada para reclamar la jubilación anticipada de los conductores de autobuses mayores de 60 años

  • Prensa y Comunicación

24 de urria de 2024

  • El sindicato recuerda que en 2023 ya solicitó al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la aplicación de coeficientes reductores para este colectivo

CSIF Andalucía, sindicato con presencia creciente en la empresa privada, ha mostrado su apoyo a la huelga convocada para reclamar la jubilación anticipada por coeficientes reductores para los conductores y conductoras de autobuses mayores de 60 años, que tendrá una primera jornada de paro el próximo 28 de octubre y que se extenderá durante los meses de noviembre (días 11, 28 y 29) y diciembre (días 5 y 9 y, de manera indefinida, desde el día 23).

La central sindical ha manifestado que esta medida “es necesaria y, por tanto, debe ser acordada y desarrollada”, puesto que el trabajo que realizan los conductores de autobuses “no puede realizarse con las mismas garantías de seguridad a partir de una determinada edad”. Tal y como ha señalado la coordinadora del Área de Empresa Privada de CSIF Andalucía, María del Mar Gómez de Mercado, “ha de tenerse en cuenta que estos profesionales son los encargados, por ejemplo, de llevar a los menores a los colegios y a la ciudadanía en general en sus viajes y desplazamientos habituales en transportes urbanos e interurbanos”, por lo que “se debe garantizar una mayor seguridad dada la situación de peligrosidad que conlleva la prestación de sus servicios”.

Tal y como ha recordado la responsable sindical, esta es una reivindicación que CSIF ya planteó al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un escrito presentado en marzo de 2023; asimismo, tras la petición al Gobierno central, la central sindical trasladó la propuesta de jubilación anticipada para el colectivo a la Confederación Española de Transporte Urbano (CONFEBUS), a la Junta de Andalucía y a representantes del Grupo ALSA en distintas reuniones.

El artículo 206 de la Ley General de Seguridad Social establece que la edad mínima de acceso a la pensión de jubilación podrá ser rebajada “en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad”, una circunstancia que, a juicio de CSIF, se da en el caso del colectivo de conductores y conductoras de autobuses.

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