Las empresas públicas también deben aplicar ya los nuevos permisos del Gobierno
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Otros Cuerpos o Especialidades
- Personal de Entidades Públicas Estatales
- Personal de Tragsa-Tragsatec
- Personal ferroviario
4 de uztaila de 2023
Porque están en vigor desde el 30-JUNIO
CSIF exige a todas las empresas públicas aplicar, desde ya, los nuevos permisos, que ha aprobado el Gobierno, que están en vigor desde el 30 de junio y que fortalecen la conciliación.
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Porque no hay excusa
No hay excusa posible porque, como queda claro en el BOE, los nuevos permisos afectan al sector público y privado. Los empleados/as de las empresas públicas no podemos ser una excepción.
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Y, en definitiva, porque nos corresponden
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PERMISO RETRIBUIDO DE HASTA 5 DÍAS AL AÑO en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario para familiares de hasta segundo grado por consanguineidad o afinidad o persona con la que se conviva.
- PERMISO DE 8 SEMANAS PARA PADRES CON HIJOS DE HASTA 8 AÑOS PENDIENTE DEL DESARROLLO DE DISPOSICIONES LEGALES PARA SU RETRIBUCIÓN, que podrán disfrutar de manera continua o discontinua, y a tiempo parcial o completo.
- PERMISO RETRIBUIDO DE 4 DÍAS AL AÑO "POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR", que habilita la ausencia del trabajador/a por motivos familiares urgentes e imprevisibles.
- REDUCCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO DIARIA (CON DISMINUCIÓN PROPORCIONAL DEL SALARIO) por cuidado de algún menor de 12 años o una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, cáncer u otra enfermedad grave o cuando se precise el cuidado directo del cónyuge o pareja de hecho o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.