Sentencia pionera de la Audiencia Nacional que prohíbe reducir el cobro de incentivos por enfermedad
- Igualdad
20 de ekaina de 2023
- La empresa Sitel reducía los incentivos en situaciones de incapacidad temporal y por acompañar a familiares al médico
- El fallo también aprecia discriminación a las mujeres, dado que son ellas las que mayoritariamente reducen su jornada para el cuidado de familiares
La Audiencia Nacional ha condenado a la empresa de ‘contact center’ Sitel a indemnizar a trabajadores que habían visto reducido el cobro de incentivos en situaciones de Incapacidad Temporal y por acompañar a familiares por enfermedad.
Se trata de una sentencia pionera que aplica la Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación y que da la razón a una demanda a la que se adhirió la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado.
Este fallo pionero establece además la perspectiva de género en relación con el uso de permisos no retribuidos, al acreditar “sin género de dudas” que es la mujer frente al hombre quien asume principalmente el cuidado de menores y ascendientes. Según el juez, los descuentos aplicados por la empresa a las mujeres supondrían una “discriminación indirecta” a este colectivo.
CSIF valora positivamente este fallo que supone un referente para evitar situaciones similares de discriminación en el ámbito de las empresas y de la administración. En el ámbito de nuestra responsabilidad y representación, CSIF velará para desterrar este tipo de prácticas contrarias al principio de igualdad y que deterioran aún más las condiciones laborales en España.