Anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2025

24 de xaneiro de 2025

Publicada la Resolución de 21 de enero  de 2025, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables de nómina para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2025.

Plazo de presentación

Desde el 27 de enero al 14 de febrero  ambos inclusive

Anticipos que se puede solicitar

Se podrá solicitar en concepto de anticipo una cantidad equivalente a la remuneración líquida de una o dos mensualidades, entendiéndose por remuneración líquida las retribuciones percibidas con carácter fijo y periodicidad mensual. No se computarán, a estos efectos, las pagas extraordinarias, gratificaciones, dietas, gastos de locomoción y demás conceptos que no tengan carácter fijo ni periodicidad mensual. Para el cálculo del anticipo se tendrán en cuenta las retribuciones líquidas del mes de enero de 2025. 

Intereses y plazo de devolución

Los anticipos concedidos no devengarán interés alguno. El plazo de amortización será el indicado en la solicitud no pudiendo exceder de 12 meses si se solicita el anticipo de una mensualidad, ni de 24 si el anticipo alcanza las dos mensualidades.

Presentación de Solicitudes 

En la siguiente web https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/

Se debe seguir la siguiente ruta «Tramitación electrónica», «Acción social», «Anticipos Reintegrables».

  • La solicitud no está habilitada hasta el próximo lunes, 27 de enero.

Beneficiario de los anticipos

a) El personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral fijo al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

Más Información Aquí

Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables de nómina para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2025.

Este hecho queda regulado en la Orden  de 14 de diciembre de 1992, por la que se regula la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

 

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