Publicado en el BOE el Real Decreto que regula la Medicina de Urgencias y Emergencias: Sanidad excluye a los médicos de Atención Primaria

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4 de xullo de 2024

CSIF eleva una queja y avisa de que esta discriminación puede agravar la escasez de médicos de Familia del Sistema Nacional de Salud.

Madrid, 3 de julio de 2024. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, se felicita por la aprobación del Real Decreto por el que se crea el título de Médico/a Especialista en Urgencias y Emergencias (MUE), especialidad muy requerida, exigida para el reconocimiento y formación específica en dicha materia.

España era uno de los países de nuestro entorno que no contaba con esta especialidad en la sanidad civil, aunque sí en la militar. No obstante, desde CSIF lamentamos que se excluya de esta regulación a los médicos que ejercen en las urgencias de los Centros de Atención Primaria y Urgencias Extrahospitalarias, con la excepción del personal 061/112.

CSIF advierte que el Real Decreto podría provocar una ‘huida’ de personal residente en formación de la especialidad médico de Familia hacia la nueva especialidad, ya que comparten un periodo formativo de dos años, agravando el déficit de personal en Atención Primaria.

Desde hace muchos años, estos profesionales (un colectivo de decenas de miles de personas) de la medicina han resuelto la patología urgente de pacientes que así lo demandaban, no solo en el ámbito hospitalario, sino en el extrahospitalario.

Por eso entendemos que debe verse reconocida su labor con el acceso al título de especialista en MUE. En este sentido, consideramos que se debe considerar el acceso a la obtención de este título por la vía extraordinaria, dependiendo de los condicionantes, por acceso directo, o bien, a través de un examen práctico.

En el acceso para la obtención extraordinario al título de MUE debería ser importante no ser excesivamente restrictivo, puesto que hay médicos que desde hace muchos años y a pesar de no ser especialistas en Ciencias de la Salud ni personas habilitadas para el ejercicio de la Medicina General (post-95); la administración sanitaria les ha realizado contratos como médicos de Urgencias, e incluso han participado en la docencia de MIR de Medicina Familiar y Comunitaria.

CSIF defiende que estos médicos han demostrado desde hace más de 15-20 años que están cualificados para desarrollar su trabajo (si no fuera así, no debían de haber sido contratados al efecto). Por tanto, esos médicos, que a priori no cumplen con los criterios anteriormente definidos, pero que desarrollan su actividad en urgencias desde hace más de 10-12 años, también deberían poder acogerse a la obtención del título tras superar la prueba teórica.

También reclamamos crear la titulación y formación específica de enfermería especialista en urgencias y emergencias.

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