Resumen del Real Decreto de Acceso a la Vía Extraordinaria al Título de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE)
- Normativa
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Médicos
Requisitos para el Acceso al Título
Acceso Directo:
- Perfil: Médicos especialistas en Ciencias de la Salud y médicos habilitados para la Medicina General o de Familia.
- Experiencia: Mínimo de cuatro años de ejercicio profesional en los siete años previos a la entrada en vigor del Real Decreto.
- Lugar de Trabajo: Centros sanitarios C.1.1 (hospitales generales con varias especialidades) con unidad asistencial U.68 (urgencias) o centros C.2.5.7 (centros móviles de asistencia sanitaria) con unidad asistencial U.100 (transporte sanitario). Que su jornada ordinaria esté vinculada a urgencias hospitalarias o extrahospitalarias.
Acceso Tras Superación de Prueba Práctica:
- Experiencia: Entre dos y cuatro años de ejercicio profesional en los cuatro años anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto.
- Prueba Práctica: Obligatoria si no se cumplen los cuatro años requeridos para el acceso directo.
- Recientes Especialistas: Aquellos que finalizaron su formación en los tres años previos al Real Decreto y tienen al menos el 50% de experiencia profesional desde la obtención del título.
Procedimiento de Solicitud:
Administración Electrónica:
- Solicitud: A través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad, con un certificado electrónico válido.
- Certificación: Debe incluir el certificado de ejercicio profesional.
Plazos de Presentación:
- Escalonado: Basado en el mes de nacimiento del solicitante, con un plazo de 15 días naturales para cada grupo.
- Cronograma:
- Grupo 1 (Enero):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 3 meses
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 2 (Febrero):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 3 meses y 15 días
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 3 (Marzo):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 4 meses
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 4 (Abril):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 4 meses y 15 días
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 5 (Mayo):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 5 meses
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 6 (Junio):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 5 meses y 15 días
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 7 (Julio):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 6 meses
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 8 (Agosto):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 6 meses y 15 días
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 9 (Septiembre):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 7 meses
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 10 (Octubre):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 7 meses y 15 días
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 11 (Noviembre):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 8 meses
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días naturales
- Grupo 12 (Diciembre):
- Fecha inicio: Publicación en BOE + 8 meses y 15 días
- Fecha fin: Fecha inicio + 15 días
- Grupo 1 (Enero):
Documentación Necesaria:
- Certificación Profesional: Emitida por la Consejería/Departamento de Sanidad de la comunidad autónoma o el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
- Contenido del Certificado: Periodo de autorización del centro sanitario, fechas de inicio y fin de los servicios prestados, dedicación horaria y actividades realizadas, con identificación del Código Nacional Normalizado (CCN).
Resolución de la Solicitud:
Evaluación:
- La Dirección General de Ordenación Profesional evaluará la solicitud con base en el informe-propuesta de la Comisión Nacional y, si es necesario, los resultados de la prueba práctica.
Expedición del Título:
- Si se resuelve favorablemente, se expedirá el título de especialista con fecha de efectos uniforme para todas las solicitudes presentadas en la misma vía de acceso.