CARRERA PROFESIONAL - PROCESO ORDINARIO AÑO 2025
- Empleo
- Carrera profesional
- CSIF Informa
1 de abril de 2025
Inicio del trámite de Carrera Profesional: del 01 de abril de 2025 al 30 de Junio de 2025

- ENLACES POR CATEGORÍAS Y GERENCIAS:
- NOTA PARA EL PERSONAL DIPLOMADO SANITARIO, PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIO Y FORMACIÓN PROFESIONAL:
- Si aún no tienes ningún grado reconocido, para acceder al grado 1 tienen que tener 5 años a fecha 30/06/2025 en la categoría a la que pretendan acceder.
- Si tienen el grado 1 y quieran acceder al grado 2, tiene que haber transcurrido 5 años desde el reconocimiento del grado 1 y tener 10 años trabajados en la categoría a la que pretendan acceder a fecha 30/06/2025.
- Si tienen el grado 2 y quieran acceder al grado 3, tiene que haber 6 años desde el reconocimiento del grado 2 y tener 16 años trabajados en la categoría a la que pretendan acceder a fecha 30/06/2025.
- Si tienen el grado 3 y quieran acceder al grado 4, tiene que haber 7 años desde el reconocimiento del grado 3 y tener 23 años trabajados en la categoría a la que pretendan acceder a fecha 30/06/2025.
- Si aún no tienes ningún grado reconocido, para acceder al grado 1 tienen que tener 5 años a fecha 30/06/2025 en la categoría a la que pretendan acceder.
- NOTA PARA EL PERSONAL FACULTATIVO:
- Si aún no tienen ningún grado reconocido, para acceder al grado 1 tienen que tener 5 años a fecha 30/06/2025 en la categoría a la que pretendan acceder.
- Si tienen el grado 1 y quieran acceder al grado 2, tienen que tener 10 años trabajados en la categoría a la que pretendan acceder a fecha 30/06/2025.
- Si tienen el grado 2 y quieran acceder al grado 3, tienen que tener 16 años trabajados en la categoría a la que pretendan acceder a fecha 30/06/2025.
- Si tienen el grado 3 y quieran acceder al grado 4, tienen que tener 23 años trabajados en la categoría a la que pretendan acceder a fecha 30/06/2025.
- Si aún no tienen ningún grado reconocido, para acceder al grado 1 tienen que tener 5 años a fecha 30/06/2025 en la categoría a la que pretendan acceder.
- NOTA PARA TODAS LAS CATEGORÍAS:
- Los años de residente no se valoran tiempo trabajado para carrera profesional.
- El tiempo trabajado en empresas concertadas o privadas no cuenta para la carrera profesional.