Así es la actual cuarentena para los nuevos contagios de COVID-19
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- Personal de Correos
- Personal de Entidades Públicas Estatales
3 de xaneiro de 2022
❌Pasa de 10 a 7 días
❌Y, una vez terminada, ya no se exigirá PCR
❌Y está en vigor desde el 30 de diciembre
Nueva normativa
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios informa que, desde el 30 de diciembre de 2021, está en vigor una nueva cuarentena que afecta a los nuevos casos que se diagnostiquen (CLIC AQUÍ).
7 días
CSIF te recuerda que la evolución de la variante Ómicrom, en esta 6ª ola, permite la reducción de la cuarentena a 7 días al ser su periodo de incubación más corto aunque sea una variante más transmisible y con mayor capacidad de contagio.
¿Desde cuándo?
El plazo de siete días empieza a contar desde el inicio de los síntomas o, en el caso de los asintomáticos, a partir del resultado positivo.
¿Y una vez terminada la cuarentena?
Sanidad también certifica que, al acabar con el periodo de 7 días y volver a la vida normal no se exigirá ninguna prueba, ni de PCR ni de antígenos (siempre en el caso de que no tenga sintomas).
¿Quiénes ya no deben hacer cuarentena?
Desde el pasado 21 de diciembre, Sanidad estableció que las personas vacunadas no deben guardar cuarentena a pesar de haber estado en contacto estrecho con una persona contagiada.
¿Qué es contacto estrecho?
CSIF te recuerda que, de forma general, a nivel comunitario, se considerará contacto estrecho a cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menos de 2 metros y durante un tiempo total acumulado de más de 15 minutos en 24 horas.
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