FLEXIBILIDAD HORARIA
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2 de setembro de 2020
Desde CSIF-A Educación recordamos a todos los docentes de secundaria que el plazo para solicitar flexibilidad horaria para conciliar la vida personal, familiar y laboral es antes del 5 de septiembre.
Esta posibilidad, recogida en la Circular de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía y permite, si es posible a nivel organizativo en el centro, flexibilizar una hora en el horario de obligada permanencia en el centro. Desde CSIF aconsejamos adjuntar un documento en el que se indiquen explicitamente las horas que desea flexibilizar.Si tienes dudas sobre estos documentos, pueden ponerte en contacto con tu sede provincial de CSIF.
Los docentes que pueden acogerse a esta situación deben cumplir una de estas condiciones:
- Tener hijos menores de 12 años a su cargo
- Familiares con hasta segundo grado de consanguinidad a su cargo
- Personas mayores o con discapacidad con la condición reconocida de dependiente.
En caso de tener a su cargo personas con la condición de dependiente reconocida en primer grado de consanguiniedad, podrás disponer de dos horas de flexibilidad diaria sobre el horario de obligada permanencia.
La citada flexibilidad horaria no supone reducción de la jornada de trabajo, solo flexibilizarla.