CSIF denuncia ante la Comisión Europea la tardía e inadecuada transposición en materia de Conciliación

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9 de outubro de 2023

 

CSIF TE INFORMA

CSIF denuncia ante la Comisión Europea la tardía e inadecuada transposición en materia de Conciliación.

La tardía e inadecuada transposición de la Directiva Europea en materia de Conciliación no debe ser una excusa para que las personas trabajadoras no puedan beneficiarse del permiso parental en los términos que establece la misma.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado ha denunciado ante la Comisión Europea la falta de voluntad del Gobierno para adoptar medidas de conciliación efectivas conforme a la directiva europea.

CSIF ya exigió a Función Pública instrucciones claras sobre el permiso parental tras publicar en junio la ley de conciliación dirigiendose a los ministerios de Hacienda y Función Pública y al de Trabajo para que el nuevo permiso parental de 8 semanas para promover la conciliación se retribuya a los/as trabajadores que lo soliciten conforme establece la directiva europea en la que se inspira esta medida.

La Directiva (UE) 2019/1158 fija en su artículo 8 la remuneración del permiso parental: “el Estado miembro o los interlocutores sociales definirán dicha remuneración o prestación económica y lo harán de manera que se facilite el que ambos progenitores puedan disfrutar del permiso parental”.

CSIF entiende que esta retribución debe ser inmediata en el caso de los empleados públicos puesto que todos los permisos tienen carácter retribuido conforme al Estatuto Básico del Empleado Público.

Por su parte, en el caso de las personas trabajadoras de la empresa privada se deben adoptar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se precisen para cumplir esta directiva.

Sin embargo, el decreto aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 27 de junio, en su disposición final octava, evita de manera expresa el desarrollo de esta prestación. Por este motivo, al menos cuatro comunidades autónomas (Andalucía, Castilla-La Mancha, Galicia y Madrid) han publicado instrucciones en las que plantean dudas e incluso rechazan aplicar el citado permiso parental hasta que no se produzca el citado desarrollo reglamentario.

CSIF se dirigió a Función Pública el pasado julio para que se dicten las instrucciones oportunas al conjunto de Administraciones Públicas sobre la obligatoriedad de retribuir el permiso parental para el conjunto de empleadas y empleados públicos, sin respuesta por su parte a día de hoy.

En lo referente a la empresa privada, CSIF remitió también el pasado julio escrito al Ministerio de Trabajo para que se desarrollen las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva y se remunere dicho permiso en el ámbito de la empresa privada.

No se entendería que un Gobierno que ha venido abanderando públicamente el reconocimiento de los derechos para las personas trabajadoras en materia de conciliación, ahora restrinja el disfrute del permiso parental por las dudas que está generando la transposición de la directiva en nuestro ordenamiento jurídico.

CSIF recuerda además que España llega casi un año tarde a esta medida puesto que la directiva marcaba el 2 de agosto de 2022 como fecha límite para su trasposición.

  Canarias, a 9 de octubre de 2023.
CSIF, sector autonómico de Canarias

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