Instrucción 18/23 del Director del Servicio, relativa a la recuperación del séptimo día de permiso por asuntos particulares del personal adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud
- Normativa
- Otra normativa
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- TCAE
- Celadores
- Enfermería
- Médicos
- Otro Personal Sanitario
- Personal de gestión y servicios - Sanidad
14 de decembro de 2023
Ayer, 13 de diciembre, ha sido publicada la Instrucción 18/23 del Director del Servicio, relativa a la recuperación del séptimo día de permiso por asuntos particulares del personal adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.
-
Entrará en vigor y surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2024 para todo el personal adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del SCS.
-
El personal tendrá derecho a disfrutar de 7 días de permiso por asuntos particulares, = (un día por cada 52 días efectivos trabajados).
-
Personal de los Servicios de Urgencias Extrahopitalarias: Dada la particular distribución de la jornada anual individual, a este personal le corresponderá por este concepto librar 2 turnos de guardia si cualquiera de ellos se corresponde con un turno de 24 horas, o 3 turnos si todos ellos son de 16 horas.
-
Personal con nombramiento o contrato en vigor los días 24 y/o 31 de diciembre que tales días deban prestar servicios correspondientes a su jornada ordinaria, o disfruten en dichos días de descanso semanal, serán compensados con 1 día hábil adicional de permiso retribuido por cada día trabajado o de descanso, computable como de trabajo efectivo.
Acceda al texto completo de la Instrucción en el siguiente enlace:
https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/content/9489e73e-9a54-11ee-8165-3df466db311a/Instruccion_18_23.pdf