CSIF te informa sobre nuevos trámites de incapacidad temporal de la Orden ISM/2/2023, de 11 de enero

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13 de xaneiro de 2023

Nuevos trámites de incapacidad temporal durante los 365 primeros días

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) te informa sobre los nuevos trámites en situación de Incapacidad Temporal que se aplicará desde el día 1 de abrilsalvo en los regímenes especiales de las Fuerzas Armadas, de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y en la Administración de Justicia regulado en Orden ISM/2/2023, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

 CSIF te informa :

  • La expedición de partes médicos (alta y baja) se realizará por el facultativo del servicio público de salud o en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional por la mutua o empresa colaboradora y le entregará copia a la persona trabajadora.
  • El servicio público de salud, la mutua o la empresa colaboradora emitirá al INSS la comunicación de la expedición de la baja, confirmación y alta directamente por forma telemática, de manera inmediata y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente al de su expedición.
  • El INSS emitirá a la empresa la comunicación de la expedición de la baja, confirmación y alta directamente por medios electrónicos a través de INSS EMPRESAS del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED)

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