Modificación del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores para eliminar el despido automático por Incapacidad Permanente.

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25 de xullo de 2024

Modificación del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores para eliminar el despido automático por Incapacidad Permanente.

Desde la notificación del reconocimiento de la incapacidad permanente, la persona trabajadora tendrá un mes para decidir si quiere seguir en su puesto.

La empresa tendrá un máximo de 3 meses para:
-Adaptar el puesto.
-Cambiar a otro.
-Extinguir el contrato si concurren los elementos permitidos.

En este transcurso de tiempo, el trabajador percibirá el subsidio de Incapacidad Temporal.

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