CSIF consigue en la mesa de negociación dos reivindicaciones históricas del personal de Justicia
- Empleo
- Oferta Empleo Público
- Ofertas y bolsas de trabajo
20 de decembro de 2024
Estas cuestiones se negociaron hace varios meses y tras su tramitación como Reales decretos, se aprobaran el martes en el Consejo de Ministros.
A partir de ahora, los gestores que accedan a un puesto por sustitución de LAJ no perderán su puesto de trabajo cuando inicien la sustitución. Se establece una reserva de puesto de trabajo que, ademáas, no obligará a concursar al gestor afectado.
Por otro lado, se resuelve definitivamente el problema que se creo por una mala redacción de la regulación de las categorías de LAJ, especialmente, de la tercera cateogría que afectaba a los compañeros/as que acceden al Cuerpo de LAJ por promoción interna. Con la nueva redacción queda claro que la tercera categoría se obtiene con la toma de posesión del primer destino tras un proceso selectivo desapareciendo, así, la denominada cuarta categoría.
Las reformas reglamentarias incluyen, también, cambios en la composición de Tribunales de oposiciones y comisiones de valoración de LAJ y a derechos de las Letradas de la AJ víctimas de violencia de género.
Finalmente, se incorpora a la normativa una regulación del asociacionismo de los LAJ cuyo contenido puede afectar a la normativa de libertad sindicial y que, como ya hemos advertido, va a ser objeto de análisis jurdíco por CSIF con vistas a la posible presentación de un recurso.
Por otro lado, como ya informamos el Ministerio incorporará el mismo sistema de libranzas por guardia que aplica a los LAJ en este Real Decreto lo que permitirá disfrutar del día de salida de guardia con mayor flexibilidad.