*CIRCULAR 14/2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, SOBRE LOS DÍAS COMPENSATORIOS DE PERMISO A DISFRUTAR DURANTE EL AÑO 2025 POR COINCIDIR EN SÁBADO LAS FESTIVIDADES DEL 1 DE NOVIEMBRE Y DEL 6 DE DICIEMBRE*
29 de novembro de 2024
En virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 42/2019, de 22 de marzo,
del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario
de la Administración de la Generalitat, cada año natural se concederán como
máximo dos días de permiso cuando coincida con sábado alguna festividad de
ámbito autonómico o de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y
no sustituible.
Así mismo, cuando los días 24 y 31 de diciembre, exentos de asistencia al
trabajo, coincidan en festivo, sábado o día no laborable, se tendrá derecho a dos
días adicionales de permiso, circunstancia que no se da en el año 2025 al recaer
ambos en días laborables.
A la vista del Decreto 100/2024, de 2 de agosto, del Consell, por el que se
determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la
Comunitat Valenciana para el año 2025 (DOGV núm. 9913, de 12.08.2024), y en
ejercicio de las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General en
materia de función pública, se informa que el personal mencionado podrá
disfrutar durante el año 2025 de 2 días compensatorios de permiso, adicionales
a los 6 días anuales de asuntos propios, por los siguientes conceptos:
- Dos días por coincidir en sábado las festividades del 1 de noviembre y del 6 de
diciembre.
Ello sin perjuicio de los días adicionales de asuntos propios por antigüedad que
puedan corresponder al personal en aplicación del artículo 80.2 de la Ley 4/2021,
de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana y el artículo
40 del mencionado Decreto 42/2019.
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