CSIF consigue que la Justicia avale el derecho de un trabajador de Correos de Cáceres a cambiar su turno por conciliación familiar que negaba la empresa pública
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4 de abril de 2025
Tenía dos personas a su cargo con dependencia y los servicios jurídicos de la organización demostraron que había turnos vacantes en el turno de mañana, cuestión que negaba la empresa pública

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), primera fuerza en Correos en la región en Extremadura, ha conseguido una sentencia “histórica” al lograr que un trabajador del servicio de cartería de Cáceres haya conseguido que la Justicia reconozca en sentencia firme su derecho a cambiar su turno de trabajo para lograr la conciliación de la vida familiar. El traslado al turno de mañana se le negaba por parte de la dirección de Correos de forma sistemática y sin ningún tipo de consideración a la situación personal del trabajador.
Los servicios jurídicos de CSIF argumentaron que existían varias plazas vacantes en el turno de mañana y que, por tanto, no existía ningún impedimento para su traslado a dicho horario. El trabajador tiene contrato laboral fijo con la categoría de reparto motorizado con turno de mañana y había pedido en reiteradas ocasiones durante el último el traslado de su jornada laboral a la tarde debido a la imposibilidad, acreditada, de que su esposa se pudiera ejercer las labores familiares en ese tramo del día en concreto para la atención de su hija, que precisa cuidados especiales debido a una discapacidad, por lo que debe de llevarla a un centro rehabilitador en unas horas determinadas que marca dicho centro. La familia también se tiene que ocupar de una persona mayor, en este caso la suegra del trabajador de Correos.
En el juicio, y como testigo de la causa, el representante de los trabajadores de CSIF elegido en las últimas elecciones sindicales de 2024, aseguró que con anterioridad Correos sí tenía “mecanismos idóneos” establecidos para la conciliación familiar entre los trabajadores, “si bien de un tiempo a esta parte la empresa los rechaza”. Además, confirmó que había plazas vacantes para el traslado del horario laboral de su compañero.
La sentencia, que es firme, confirma la necesidad del demandante “pues son dos personas y no una las que precisan de asistencia permanente”. Sin embargo, Correos insistió en el juicio que no había vacantes en el turno de mañana y que el trabajador que pidió el cambio horario no se encontraba “en situación de necesidad”. El fallo establece “el derecho del actor (trabajador) a pasar a desempeñar su trabajo en el turno de mañana de lunes a viernes a jornada completa, debiendo el demandado (Correos), estar y pasar por este pronunciamiento y hacerlo efectivo”.
CSIF muestra su satisfacción por la sentencia, agradece al trabajador la confianza depositada en los servicios jurídicos de la organización y lamenta la nula sensibilidad de Correos para facilitar entre sus empleados el derecho a la conciliación laboral y familiar, siendo además una entidad pública que debería de dar ejemplo y, sin embargo, la realidad es que hace todo lo contrario.