Ante los casos de COVID-19 detectados en Justicia, CSIF exige al Ministerio y CC.AA. que cierren con carácter preventivo sedes y oficinas judiciales

  • Prevención de Riesgos Laborales
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17 de marzo de 2020

No se trata de no prestar el servicio público sino de proteger la salud pública y personal de los funcionarios/as de Justicia de los Cuerpos de Letrados, Cuerpos Generales y Cuerpos especiales de la Administración de Justicia evitando la propagación de virus que es el motivo único por el que se ha dictado el RD Ley 463/2020 de 14 de marzo

CSIF ha presentado el escrito que os transcribimos y en el que exigimos al Ministerio de Justicia y al CGPJ que tomen medidas inmediatas la reducción drástica de efectivos que prestan servicios de forma presencial, generalizar la prestación de estos servicios en régimen de disponibilidad y localización y la eliminación de los servicios de atención al público por razones de salud pública pero también porque apenas existe tal público en los sedes de la Administración de Justicia debido a las restricciones de movilidad del RD Ley 463/2020 de 14 de marzo.

“Por el presente ponemos en su conocimiento la existencia de casos de coronavirus la existencia de casos de coronavirus o sospechosos de serlo en varios órganos judiciales de toda España en Palma de Mallorca (un Magistrado y una funcionaria que regresaron de Madrid el jueves pasado y que trabajaron el viernes en sus destinos), un caso en Lleida (un Juez que compartió Junta con sus compañeros la semana pasada) y varios casos (en Juzgados de lo penal y en una sección de la audiencia) en la ciudad de la Justicia de Barcelona que ha provocado el cierre del Edificio P de la Ciudad de la Justicia por orden de la Decana. 

Más allá de las medidas de limpieza que se han acometido y las que se vayan a acometer es necesario revisar los mal llamados servicios mínimos establecidos en la Administración de Justicia principalmente porque es contrario al objetivo del RD Ley 463/2020 de 14 de marzo incrementar el riesgo de contagio y la propagación del virus obligando a ciudadanos a desplazarse a su puesto de trabajo para prestar un servicio público que no es tal, porque lo que no hay es afluencia de público debido a las medidas de restricción de la movilidad impuestas por la citada norma. Los servicios mínimos son para una huelga y no estamos en huelga.

Ante la evidencia de que el virus no entiende de Cuerpos ni de Administraciones reiteramos nuestra solicitud para que se modifique la mal llamada orden de servicios mínimos reduciendo al máximo el número de personas que deban prestar servicios con carácter presencial en las sedes judiciales, generalizando el sistema de prestación de servicios en régimen de disponibilidad y eliminando los servicios de atención al público.

Este régimen de disponibilidad permitiría el cierre total o parcial de edificios judiciales limitando las zonas de tránsito y de trabajo lo que permitiría una gestión más eficaz de las tareas de limpieza y desinfección que en estos momentos brillan por su ausencia en la práctica totalidad de las sedes de la Administración de Justicia.

No se trata de no prestar el servicio público esencial de la Justicia sino de que la prestación de ese servicio no puede ser ajeno a la protección de la salud pública y personal de los funcionarios/as de Justicia (Letrados, Cuerpos Generales y Especiales) evitando, por otro lado, contribuir al incremento de positivos por COVID-19 que están colapsando, o amenazan con hacerlo, nuestro sistema sanitario.

En este sentido le recordamos que, por encima del CGPJ y del Ministerio está, como he dicho, el RD Ley 463/2020 de 14 de marzo y, también, la aplicación de la Ley de prevención de riesgos laborales. Es decir, la obligación de adoptar medidas de protección de forma eficaz y rápida y la responsabilidad derivada de no tomar esas medida incluyendo no sólo el suministro de jabón, pañuelos, hidrogeles y guantes que el propio Ministerio y el CGPJ recogen en su resoluciones e instrucciones de 11 de marzo; sino, también, el cierre de sedes judiciales con carácter preventivo ante las dificultades que se están encontrando tanto en relación con la limpieza y desinfección como con el suministro de material higiénico y de protección. “

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