MESA TÉCNICA PLAN INFOEX

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8 de novembro de 2024

Hoy hemos sido convocados por la Administración a una nueva sesión de la Mesa Técnica del Plan INFOEX en la que nos han presentado la propuesta definitiva del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Plan INFOEX.

La Secretaria General hace una breve intervención comentando los pasos dados hasta este momento y las dificultades surgidas tras la ruptura política del gobierno, haciendo hincapié en que la intención de la Consejería es continuar con la negociación en los mismos términos que se venían haciendo antes del verano, para la implementación de todas las medidas durante el periodo 2025/2027.

Este Plan de Ordenación incluye medidas que desde CSIF llevamos reivindicando desde hace años:

  • Creación de un complemento que retribuya con carácter específico la disponibilidad, desligándola del actual complemento L.12.
  • Creación de nuevas unidades, con el consiguiente aumento de la plantilla.
  • Implementación de un nuevo sistema de trabajo a turnos que permita la reducción de la disponibilidad.
  • Limitación en la duración máxima de la jornada para cumplir los requerimientos de la Inspección de Trabajo y la Ley Básica de Bomberos Forestales.
  • Creación de plazas para 2ª Actividad para el personal declarado No Apto.
  • Revisión del complemento L.17 Jefe de Retén para su abono a los que desempeñen dicha tarea en sustitución del Jefe de Unidad.

Desde CSIF hemos manifestado nuestro descontento porque el Plan no recoge claramente la temporalización de las medidas, exigiendo la continuación de las negociaciones durante la tramitación del mismo para no retrasar la puesta en marcha de las mejoras.

CSIF ha manifestado además que, aunque este Plan no cumple todas las expectativas y seguiremos reivindicando otras cuestiones que no se contemplan, creemos que debe continuar su trámite para seguir avanzando en las mejoras que se iniciaron con el anterior acuerdo, en el que entre otros avances, se creó la categoría de Bombero/a Forestal Conductor y su adecuación al grupo IV del Convenio Colectivo.

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