El Ministerio de Educación y FP propone una modificación legal para que se valoren en el acceso a la función pública docente los certificados C1-C2 de idiomas no obtenidos en las escuelas oficiales de idiomas
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14 de xuño de 2022
- Para CSIF es una prueba más de la necesidad de actualizar en profundidad el acceso y el baremo del Concurso General de Traslados
En Mesa Sectorial extraordinaria celebrada en el Ministerio de Educación y FP el día 14 de junio, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha presentado la propuesta de modificación del baremo para el acceso a la Función Pública docente.
Argumentan la urgencia de esta modificación para responder a las diferentes sentencias que exigen introducir los certificados en el conocimiento de idiomas extranjeros que no fueran obtenidos en las Escuelas Oficiales de Idiomas.
También comentan que esta modificación tiene que ser introducida anteriormente a la resolución de las plazas de estabilización para evitar problemas jurídicos. Evidentemente estas modificaciones no tienen consecuencias para los procesos ya convocados.
La modificación planteada es introducir un nuevo punto 2.5 en el Anexo I dentro del apartado 2 (II. Formación Académica). El texto sería:
"2.5 Dominio de idiomas extranjeros.
2.5.1 Por aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera, expedidos por centros oficiales, que se determinen en las convocatorias y acrediten la competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel avanzado C1 o C2, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: 0,500 puntos.
Los certificados de las Escuelas Oficiales de Idiomas no se baremarán por este subapartado.
Asimismo, cuando se presenten por este apartado para su baremación varios certificados acreditativos de la competencia lingüística en un mismo idioma, sólo se valorará el de nivel superior."
Para CSIF esto demuestra la necesidad de abordar una negociación real sobre el actual modelo de acceso a la función pública docente. Es evidente que se está modificando con parches, cuando las circunstancias actuales demuestran que ni este modelo, ni el de concurso de traslados soluciona los problemas de acceso ni da respuesta a las necesidades del sistema educativo.
Asimismo, abre las incógnitas de otras cuestiones que tienen que ver con el baremo, sobre todo las relacionadas con las nuevas titulaciones universitarias o con los títulos de formación permanente, que necesitan una pronta revisión.
Además, CSIF considera que estas cuestiones tienen que abordarse también dentro del Concurso General de Traslados y su baremo. CSIF considera que la Ley 20/2021 de reducción de la temporalidad exige consolidar plazas para que sean ofertadas como vacantes en el Concurso General de Traslados y no los actuales criterios de plantillas, que reducen el derecho de movilidad de nuestros funcionarios de carrera. Se hace necesario, por tanto, comenzar a modificar de manera sustancial la actual regulación de nuestros Concursos Generales de Traslados, sin esperar a fallos judiciales.
La negociación colectiva en el ámbito docente lleva paralizada mucho tiempo y es hora de abordar con urgencia todas las cuestiones que necesita nuestro sistema educativo, para dignificar la labor docente. Las tratadas hoy son solo un ejemplo.
Madrid, 14 de junio de 2022
CSIF EDUCACIÓN