CSIF logra una sentencia pionera que reconoce el derecho a un permiso retribuido por cuidado de un hijo menor confinado por covid
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20 de xaneiro de 2022
La sentencia ampara a un funcionario interino de Logroño y abre la puerta a que otros trabajadores tanto de la Administración como la empresa privada reivindiquen su derecho.
CSIF logra una sentencia pionera que reconoce el derecho a un permiso retribuido por cuidado de un hijo menor confinado por covid.
La sentencia ampara a un funcionario interino de Logroño y abre la puerta a que otros trabajadores tanto de la Administración como la empresa privada reivindiquen su derecho.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha conseguido una sentencia pionera por la que reconoce el derecho de un funcionario a disfrutar de un permiso laboral retribuido para cuidar de su hijo menor de edad que había sido confinado por contacto estrecho de covid. La Administración le denegaba el permiso instándole a consumir días de vacaciones o de asuntos particulares.
En concreto, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Logroño estimó la demanda interpuesta por CSIF, en nombre de un funcionario interino de la Administración de Justicia de La Rioja, en la que reclamaba su derecho a disfrutar del permiso por “deber inexcusable de carácter personal”, recogido en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y la obligación de velar por los hijos menores que establece el Código Civil. Además, el juez recuerda que la Orden del Ministerio de Justicia 504/2020 también ampara estas situaciones.
CSIF valora de manera positiva que la justicia reconozca el “deber inexcusable” de atender este tipo de situaciones, lo que ampararía supuestos similares en los que se pretenda restringir este derecho, tanto en la Administración como en la empresa privada.
CSIF ha conseguido la primera sentencia que reconoce el derecho de padres y madres a tener un permiso retribuido en su trabajo para cuidar a su hijo confinado por covid. El juez reconoce que el cuidado de hijos es un deber inexcusable y está obligación también la recoge el Código civil.
Esta sentencia pionera ha tenido gran repercusión en la prensa nacional y aragonesa
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ARAGÓN TV
https://youtu.be/mW9_RyMfIWw -
HERALDO DE ARAGÓN
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EL PERIÓDICO DE ARAGÓN
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Diario de Teruel
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