“Negociación” de la estructura de las oficinas judiciales de los Tribunales de Instancia

3 de April de 2025

Ayer tuvo lugar la tercera reunión de Mesa sectorial para abordar el tema de la nueva estructura de los tribunales de instancia. Desde un primer momento, el Director General deja claro que el motivo de la reunión era oír a los sindicatos, pero que su “propuesta” de estructura de las nuevas oficinas judiciales es innegociable.

 

El Ministerio de Justicia y las Comunidades autónomas aprobaron unos modelos de referencia para la implantación de los tribunales de instancia. Los modelos de referencia son únicamente eso, de referencia. Cada administración puede diseñar y adaptar el modelo a lo que considere más conveniente para su territorio.

 

Una vez analizada la documentación aportada por la administración, vemos con preocupación que lo que se pretende es hacer una justicia de mínimos, donde en lugar de la especialización lo que se pretende es que los funcionarios de los cuerpos generales, a diferencia de lo que ocurre con Letrados y Magistrados, sirvan para todo, pudiendo tramitar de forma indistinta unas diligencias previas, que un declarativo civil, que una subasta o una nacionalidad.

 

En la "propuesta" de resolución presentada por la administración, en el artículo 15 relativo al Régimen de constitución, organización y funcionamiento de los equipos y grupos de trabajo recoge lo siguiente: “La formación de equipos o grupos de trabajo no tendrá reflejo expreso en la estructura organizativa ni, por tanto, en las relaciones de puestos de trabajo. En ambos casos, a través de los protocolos de actuación se delimitará el número de efectivos y la actividad concreta que desarrollen, siempre dentro de las materias propias del servicio común donde se integren.” Esto implicaría que el Director del Servicio común o área sea el que decida de manera arbitraria la mesa y las funciones a desarrollar por cada uno de los funcionarios. CSIF se opone rotundamente a este planteamiento, exigiendo que los equipos tengan carácter orgánico y quede reflejados en las rpts, evitando así las arbitrariedades que se puedan generar con la propuesta de la administración.

 

Respecto a la estructura, CSIF, a modo de resumen, propone lo siguiente:

 

Partidos judiciales con modelo A: Laredo, Castro Urdiales, Santoña, Medio Cudeyo, Reinosa y San Vicente:

 

  • En la localidad de Castro Urdiales, solicitamos la creación de un Servicio Común General con un equipo de ejecución y en el Servicio Común de Tramitación un área de Civil y otra de Penal

 

  • Para el resto de localidades afectadas por el modelo A de OJ, creación de un área de Civil y otra de Penal.

 

  • También para todas las localidades afectadas por el modelo A, en la oficina del RC, eliminar en la relación de puestos de trabajo la compatibilidad con la OJ hasta que se estudien las cargas de trabajo.

 

  • Incrementar las plantillas en el mismo número de funcionarios que se van a detraer a la plantilla del RC.

 

 

Partidos judiciales con modelo B: Torrelavega

 

  • Creación de un Servicio Común de Ejecución. Dicha creación se justifica en el modelo aplicado a partidos judiciales con el mismo número o inferior de plazas judiciales además del número de asuntos despachados que anualmente se tramitan en los siete juzgados.

 

  • Crear en el Servicio común de Tramitación un área de Civil y otra de Penal.

 

Partidos judiciales con modelo C: Santander

 

  • Creación en el Servicio Común de Tramitación de tres áreas (penal, civil y familia, infancia y capacidad y una última para social, mercantil y contencioso-administrativo) y a su vez equipos dentro de las áreas que figuren en las relaciones de puestos de trabajo y como segunda opción, que se creen áreas diferenciadas como figuran las secciones judiciales en el Anexo VI de la ley orgánica.

 

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