POSTURA DE CSIF ANTE LA APLICACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ARAGONESA DEL ARTICULO 10 DEL TREBEP

  • CSIF Informa

8 de July de 2024

ESCRITO PRESENTADO POR CSIF ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA EL 8 DE JUNIO DE 2024

Mediante el RDL 14/2021 se modifica el artículo 10 del TREBEP en el que se contempla el régimen de selección y nombramiento aplicable a los funcionarios interinos.

La Dirección General de Función Pública emitió una Instrucción el pasado 31 de mayo de 2024, debatido a su vez en Mesa Sectorial de Función Pública el 20 de junio de 2024.

En esta Instrucción se norma la forma de proceder para en aplicación del artículo 10 del TREBEP, para cesar al personal funcionario interino de puestos de trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Instrucción que no afecta a los funcionarios de la Administración de Justicia. Sin embargo, desde la Dirección General de Justicia no solo no se ha dictado ni se ha hecho pública la preceptiva Instrucción que regularía estos ceses dentro de la Administración de Justicia sino que además se ha comenzado a comunicar por escrito los ceses a los funcionarios interinos afectados.

Hace algo más de un mes, el Ministerio de Justicia remitió una consulta a la Abogacía del Estado, sobre la aplicación del artículo 10 del TREBEP en la Administración de Justicia. 

Según informó el Ministerio a CSIF, el pasado jueves, tras ese informe de la Abogacía, se concluye que, por el momento, ene le territorio gestionado por el Ministerio de Justicia no habrá ceses de personal interino con más de tres años en puesto vacante nombrados desde el 8 de julio de 2021. Se acoge para ello a la excepción contemplada en dicho artículo 10 por la que:

"Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino y sea resuelta conforme a los plazos establecidos en el artículo 70 del TREBEP. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica."

Dado que existen procesos selectivos convocados que permiten aplicar esa excepción, el Ministerio ha decidido paralizar estos ceses, de momento, hasta el 1 de octubre, fecha en la que prevé otro escenario en el caso de que ya se hayan adjudicado destinos a los aspirantes de algunos de esos procesos pendientes de resolverse. 

De hecho el Ministerio de Justicia ya remitió el pasado viernes, la instrucción a la Gerencia para que paralizara los ceses en marcha, algunos de los cuales ya habían sido comunicados a los afectados. 

CSIF solicita a esta Dirección General de Justicia la aplicación del mismo criterio dictado por la Abogacía del Estado y que se aplica a los funcionarios de justicia del territorio del Ministerio y la paralización de los ceses ya comunicados

Arxius adjunts

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