Modificación del importe de determinadas indemnizaciones por razón de servicio. BOCYL 29/12/2023.
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29 de December de 2023
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
ACUERDO 106/2023, de 28 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el importe de determinadas indemnizaciones establecidas en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
D. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
ACUERDO 106/2023, de 28 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el importe de determinadas indemnizaciones establecidas en el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
El último párrafo del artículo 14.i) de la Ley 3/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023 establece que: «Las cuantías correspondientes a las indemnizaciones por razón del servicio podrán verse actualizadas durante el año 2023 de conformidad con lo establecido reglamentariamente.»
La disposición adicional sexta del Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, determina que el importe de las indemnizaciones establecidas en este decreto será revisado periódicamente mediante Acuerdo de la Junta de Castilla y León que será publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Dichos importes fueron actualizados por Acuerdo 6/2023, de 9 de febrero, de la Junta de Castilla y León (“Boletín Oficial de Castilla y León núm. 29, de 13 de febrero).
Por Orden HFP/793/2023, de 12 de julio, en la Administración General del Estado se ha revisado el importe de la indemnización por uso de vehículo particular.
Esta Administración, cuando aprobó el Acuerdo 6/2023, de 9 de febrero, se comprometió con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de Castilla y León, a actualizar el importe de la indemnización por uso de vehículo particular hasta la cantidad que se determinase por la Administración General del Estado.
Por todo lo expuesto, en aplicación de la disposición adicional sexta del citado Decreto 252/1993, de 21 de octubre, se procede a la adecuación del importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje en el uso de vehículo particular en comisión de servicio a que se refieren los artículos 16.3 y 18.2 y cuya cuantía se fijaba en el Anexo IV del referido Decreto 252/1993, de 21 de octubre.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia e iniciativa conjunta del Consejero de la Presidencia y del Consejero de Economía y Hacienda, visto el informe del Consejo de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de diciembre de 2023 adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.– Modificar el importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje por el uso de vehículo particular en comisión de servicio a que se refiere el artículo 16 del Decreto 252/1993 de 21 de octubre, que queda fijado en 0,26 € por kilómetro recorrido por el uso de automóviles y en 0,11 € por el de motocicletas.
Segundo.– El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2024.
Valladolid, 28 de diciembre de 2023.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de la Presidencia,
Fdo.: Luis Miguel González Gago