Publicado el Plan de Formación 2023 para empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
- Formación
- Otra formación
- Normativa
- Otra normativa
- Otros artículos
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Administrativos
- Auxiliares Administrativos
- TCAE
- Celadores
- Enfermería
- Estatutario
- Eventual
- Funcionario
- Funcionario en prácticas
- Interino
- Médicos
- Otro Personal Sanitario
- Personal de Administración General
- Personal de gestión y servicios - Sanidad
- Laboral
13 de January de 2023
PLAN DE FORMACIÓN 2023 PARA EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2022, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y da publicidad al Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid para 2023 y se abre el plazo de presentación de solicitudes de participación.
Ámbito de aplicación
Las acciones formativas que integran los programas objeto de esta resolución van dirigidas a la totalidad de quienes presten sus servicios o desarrollen sus funciones en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea la naturaleza de su vínculo jurídico o la duración de su nombramiento o contrato.
En iguales términos, podrá participar en estas acciones formativas el personal de las Universidades Públicas y Centros Universitarios de la Comunidad de Madrid, comprendidos en el artículo 21.1.b) de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será del 1 al 28 de febrero de 2023 (ambos inclusive)
El personal destinatario del presente plan podrá presentar solicitudes de participación para el conjunto de las acciones formativas incluidas en el Anexo II de esta resolución.
Se podrá solicitar la inscripción en un máximo de veinte cursos de entre los contenidos en los programas formativos previstos en la presente Resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar hasta cuatro cursos anuales, con el límite máximo de cien horas compensadas, salvo que se trate de formación obligatoria o que por razones organizativas se amplíe ese límite cuando así lo requiera la correcta prestación de los servicios públicos.
Se podrán superar los límites fijados en el párrafo anterior en el supuesto de que voluntariamente el empleado así lo solicite y se garantice el derecho a la formación del resto del personal, en cuyo caso el tiempo de formación que exceda de dichos límites no tendrá consideración del tiempo de trabajo.
Las solicitudes de participación en las jornadas del Programa Foro Abierto o en las acciones incluidas en el Proyecto de Autoformación no serán tomadas en consideración a efectos del cómputo de los límites máximos de cuatro cursos o de cien horas de formación.
En particular, la participación en los cursos que figuran en el proyecto de autoformación no requerirá la presentación de solicitud, y se realizarán directamente en el Campus de Aprendizaje forMadrid (https://campusmadrid.csod.com).
Al formalizar la solicitud, se podrá, con independencia del turno de trabajo que se tenga asignado, indicar la franja horaria de mañana o de tarde en el que el solicitante tendría preferencia para realizar el curso. Esta opción no garantizará ni dará derecho alguno a cursar la acción formativa en la franja horaria elegida.
La presentación de solicitudes, de conformidad con lo previsto en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, se realizará exclusivamente de forma telemática a través del enlace que está disponible en la Intranet de la Comunidad de Madrid, y al que también se puede acceder por Internet:
- Acceso desde Intranet: Portal Corporativo / Formación / Dirección General Función Pública / Plan de Formación.
- Acceso desde Internet: Acceder a Internet: www.comunidad.madrid.org / Acción de Gobierno / Espacios Profesionales / Empleados Públicos / Plan de Formación.
La presentación de solicitudes se hará exclusivamente a través del Registro Electrónico en los accesos indicados en el apartado 4, sin que se tengan en consideración las presentadas por otros medios.
Para ello es necesario disponer de medio de identificación electrónica (certificado electrónico, DNie, …). Aquellos empleados públicos que precisen un certificado electrónico, pueden consultar la forma de obtenerlo en la intranet Portal Corporativo / Trámites empleados públicos / Obligación de relacionarse telemáticamente del personal al servicio de la Comunidad de Madrid /Certificado electrónico de empleado público.
En el supuesto de presentación de varias solicitudes por un mismo empleado, solo será tomada en consideración la última que haya sido presentada.
RECOMENDACIÓN CSIF Sanidad Madrid para las solicitudes de inscripción en los cursos en formato semipresencial o virtual. Ver apartado séptimo de cuestiones generales del Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid 2023
Para más información ver el Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid 2023