CSIF aporta diferentes propuestas de mejora para el Concurso de Traslados 2024-25

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15 de October de 2024

     Esta mañana se ha realizado la Mesa Sectorial para tratar los borradores de las convocatorias del concurso de traslados.

     Este año el concurso de traslados 2024-25 es estatal, tanto las resoluciones como el baremo de méritos no admiten prácticamente negociación a nivel autonómico ya que lo obliga el Ministerio (normativa de rango superior). El pasado 3 de octubre el Ministerio de Educación, a través de la Orden EFD/1056/2024, de 1 de octubre (normas procedimentales), estableció el baremo.Únicamente las comunidades autónomas con lengua propia tenemos reservado el punto 6.7 del baremo 5 puntos para que se puntúen como méritos las titulaciones referidas a la lengua propia. 

     Desde CSIF exigimos al Ministerio modificar el RD 1364/2010 y para introducir mejoras, pero el Ministerio ha legislado sin negociación alguna publicando tanto las modificaciones recogidas en el RD 667/2024 como las normas procedimentales de la Orden EFD/1056/2024. La nueva regulación del concurso de traslados ha sido impuesta por el Ministerio. Desde CSIF rechazamos que no se hayan negociado estas nuevas regulaciones para los concursos de tralados y así lo ha manifestado también en la Mesa Sectorial de Educacion autonómica.  

Alegaciones sobre las vacantes ofertadas
En primer lugar, el sindicato independiente solicita que se oferte el máximo número de vacantes posible y que se publiquen de manera clara los criterios de catalogación, exigiendo máxima transparencia en este aspecto. Además, demanda la celebración de una reunión previa a la publicación de las vacantes, así como la publicación anticipada de vacantes provisionales antes de que se realicen las peticiones telemáticas de centros (para tener una orientación y que no sea totalmente "a ciegas"). También propone una modificación en el punto 2.1. de la convocatoria, sustituyendo la frase “hasta el 15 de enero de 2025” por “al menos hasta el 15 de enero de 2025”, para dar margen a la inclusión de más plazas si fuera necesario. Asimismo, el sindicato insiste en la necesidad de catalogar las plazas de Formación de Personas Adultas (FPA) y aquellas que se cubren mediante Comisiones Específicas, como las de CEED, UPH, centros de reeducación, FPA en centros penitenciarios, entre otros, con el objetivo de dotar de mayor estabilidad a las plantillas. Por último, el sindicato ha expresado su preocupación respecto a la oferta de vacantes para el concurso que exigen el requisito lingüístico de inglés.

Alegaciones sobre el baremo de méritos, aunque sea estatal, sí proceden las siguientes.

CSIF ha presentado diversas reivindicaciones relacionadas con el baremo de méritos, aunque este sea de carácter estatal, destacando la necesidad de aplicar ciertas mejoras. Desde CSIF solictamos la publicación de la guía de baremación actualizada para el este concurso 2024-25, detallada y adaptada al baremo actual, con el fin de asegurar una mayor transparencia. También exige que todas las Comisiones de Baremación sigan los mismos criterios, evitando así errores de puntuación. En cuanto a los puestos de especial dificultad, consideramos que la normativa vigente puede estar ya desactualizada, lleva muchos años sin revisar y, por consiguiente, demandamos una revisión que incorpore puestos como las Aulas UECO, CyL, PR4, PMAR y los puestos de ámbito ESO, entre otros.  Para ello, desde el sindicato pedimos la publicación de un documento legal que recoja en un único texto todos estos puestos, señalando también la falta de actualización de los anexos en centros de primaria. En este mismo tema, sobre los puestos de especial dificultad, encontramos que el proceso de acreditación de los puesto de especial dificultad supone mucha burocracia y debe revisarse (presentación documento firma del director e inspector del centro). Asimismo, el sindicato denuncia un agravio comparativo en la puntuación de la competencia digital docente en los niveles C1 y C2, ya que en otras comunidades autónomas sí es posible obtener estos niveles, mientras que en la Comunidad Valenciana aún no. A pesar de que el baremo es estatal, el CSIF insta a la Conselleria a solicitar al Ministerio una revisión de este asunto, de manera que dichos niveles no se puntúen hasta que los docentes valencianos puedan acceder en igualdad de condiciones. Finalmente, CSIF también solicita mayor clarificación en la redacción de las instrucciones de baremación sobre la forma en que se puntúan los servicios prestados en los cuerpos de Formación Profesional integrados en los cuerpos de Secundaria y en Sectores Singulares.

Alegaciones sobre el valenciano
La central sindical solicita que, en este proceso de concurso de traslados, se facilite el registro del nivel de valenciano para aquellos participantes que aún no lo tengan acreditado. Además, desde CSIF pedimos una revisión de la redacción en el baremo del nivel C1 de valenciano, ya que este es un requisito en la convocatoria de maestros, con el fin de asegurar claridad y coherencia en su aplicación. El punto 6.7 recordemos que es el único punto que puede ser definido por las comunidades autónomas con lengua propia con hasta un máximo de 5 puntos, tal y como especifica la normativa estatal. 

En cuanto al requisito lingüístico del valenciano, en el borrador para los cuerpos de Secundaria y Otros cuerpos se establece que no será necesario en las enseñanzas de Formación Profesional y de Régimen Especial. Esta medida es consecuencia de la aplicación de la Ley 1/2024 de Libertad Educativa, aprobada en Les Corts. Al igual que los Reales Decretos del Ministerio, esta ley no ha sido negociada, lo que genera incertidumbre entre los docentes valencianos que imparten estas enseñanzas.

Alegaciones sobre el derecho de concurrencia

En cuanto al derecho de concurrencia recogido en la base 8ª, que se fundamenta en el Real Decreto 1364/2010 del Ministerio y que, pese a su modificación con el RD 677/2024, sigue aplicándose a nivel provincial, desde CSIF solicitamos que se permita delimitar este derecho a áreas o comarcas. Esta medida facilitaría una mayor flexibilidad y adecuación a las necesidades específicas de los participantes en el concurso de traslados. No obstante, esta petición caerá en saco roto porque la Conselleria no tiene competencia para modificarlo, viene impuesto por el real decreto del Ministerio.

Alegaciones sobre las puntuaciones

Desde CSIF reivindicamos que las puntuaciones obtenidas en los concursos de traslados se guarden de forma indefinida para todos los docentes de la GVA, y no se pierdan si un año no se participa. Además, el sindicato sigue insistiendo en la creación de un expediente docente electrónico. En relación con el concurso de traslados del cuerpo de maestros, CSIF defiende que las puntuaciones consolidadas del anterior proceso no deben ser revisadas, conforme establece el punto 9.7 de dicha convocatoria, son definitivas del año pasado, su revisión ahora puede traer perjuicio para los participantes.

 

TURNO ABIERTO DE PALABRA

En el turno abierto de palabra el sindicato ha reivindicado:

  • Pago Tribunales Oposiciones 2023.- CSIF ha vuelto a trasladar la problemática del impago a los miembros de tribunal de las pasadas oposiciones de Secundaria, que siguen pendientes de pago. La Conselleria ha informado que en breve darán novedades.
  • Contratación Expertos y Especialistas.- La central sindical reclama la contratación inmediata de todos los casos pendientes. La Conselleria informa que están cerrando ya las últimas contrataciones.
  • Incorporación en Bolsa Maestros Oposiciones 2024.- La Conselleria ha informado que entre esta semana y la que viene abrirán el proceso de acreditación para que puedan aportar la documentación las personas opositoras de estas últimas oposiciones al cuerpo de maestros que no superaron la primera fase.

 

NOVEDADES DEL BAREMO DE MÉRITOS

El baremo de este concurso de traslados incorpora novedades en los siguientes apartados y subapartados las siguientes novedades.

  • 1.1.1. Por cada año de permanencia ininterrumpida, como personal funcionario de carrera con destino definitivo, en el centro desde el que concursa.
    • 1r y 2º años: 4 puntos y 0’3333 puntos/mes. Antes eran 2 puntos/año y 0’1666 puntos/mes.
    • 3r año 6 puntos. Antes eran 4 puntos.
    • 4º año y siguientes: 8 puntos y 0’6666 puntos/mes. Antes eran 6 puntos/año y 0’5 puntos/mes.
  • 1.1.2.  Por cada año como personal funcionario de carrera en situación de provisionalidad, siempre que se participe desde esta situación: 4,0000 puntos y 0’3333 puntos/mes. Antes eran 2 puntos/año y 0’1666 puntos/mes.
  • 1.1.3. Por cada año como personal funcionario de carrera en una plaza, puesto o centro en una situación de destino definitivo, destino provisional o comisión de servicio siempre que, en el momento en que se hayan prestado los servicios, el centro tenga la calificación de especial dificultad, se añadirá a la puntuación obtenida por los subapartados 1.1.1 o 1.1.2 la de 4,0000 puntos. La fracción de año se computará a razón de 0,3333 puntos por cada mes completo. Antes eran 2 puntos/año y 0’1666 puntos/mes. Además, ahora, para difícil desempeño se tendrá en cuenta todos los servicios prestados en estos centros independientemente de que sea con destino definitivo o no.
  • CSIF ha pedido que se aclare si también se valorarán los servicios prestados como funcionarios en prácticas o interinos.
  • 3.1.1 Por cada título de Doctor o Doctora: 6,0000 puntos. Antes eran 5 puntos.
  • 3.3. f) Por cada título Profesional de Música o Danza: 2,000 puntos. Antes eran 1’5 puntos.
  • 4. Desempeño de cargos directivos y otras funciones: Máximo 30 puntos. Antes eran 20 puntos
  • 4.1 Director o Directora de centros públicos docentes: 4,500 puntos/año y 0,3750 puntos/mes. Antes eran 4 puntos/año y 0’3333 puntos/mes.
  • 4.2 Vicedirectora o Vicedirector, subdirectora o subdirector, jefe o jefa de estudios, secretario o secretaria y asimilados: 2’5 puntos/año y 0’2083 puntos/mes. Antes eran 4 puntos/año y 0’3333 puntos/mes.
  • 4.3 Cargos de coordinación docente, función tutorial y figuras análogas: 1,500 puntos/año y 0’125 puntos/mes. Antes eran 1 puntos/año y 0’0833 puntos/mes.
  • 5. Formación y perfeccionamiento: Máximo 15 puntos. Antes eran 10 puntos.
  • 5.1 Actividades de formación superadas. Hasta 9,0000 puntos. Antes eran 6 puntos.
  • 5.4 Los certificados de acreditación de la competencia digital que sean emitidos por las distintas Administraciones educativas. Se introduce aquí al Competencia Digital Docente.
  • 5.5 Aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera que acrediten la competencia lingüística en un idioma extranjero según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Se introducen aquí los certificados de idiomas que no son de EOI.

Arxius adjunts

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